Requisitos para viajar a España desde Venezuela: guía completa

Las autoridades han señalado que las personas deberán acreditar la disponibilidad de medios económicos suficientes para la estancia prevista o estar en condiciones de obtenerlos legalmente

Bandeira da Espanha em restaurante em Madri
08 de noviembre, 2024 | 12:46 PM

Bloomberg Línea — España es uno de los países europeos que más ciudadanos latinos recibe. Al cierre de 2023, por ejemplo, la cifra de residentes nacidos en el extranjero ascendió a una población de 8.775.213 personas, de un total de 48,5 millones, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Pero, además, entre las principales nacionalidades de inmigrantes que llegaron al país en el cuarto trimestre de 2023, están la colombiana (con 42.600 llegadas a España) y la venezolana (27.300), según la misma entidad.

Es por esta razón que realizar una correcta planificación del viaje y tener al día todos los documentos exigidos por las autoridades españolas, se hace necesario para viajar a este país.

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¿Cuáles son los requisitos para viajar a España desde Venezuela?

De acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores de España, los extranjeros que viajan a España para estancias de hasta 90 días (en cualquier período de 180 días) por razones de turismo, negocios, visita familiar, tratamiento médico, para realizar estudios, prácticas no laborales o actividades de voluntariado de duración inferior a 3 meses, o para otras actividades que no tengan carácter lucrativo, deberán cumplir las condiciones de entrada establecidas en el Código de fronteras Schengen:

  • Realizar la entrada por uno de los puestos habilitados.
  • Acreditar la identidad con un documento de viaje válido y en vigor.
  • Estar en posesión de un visado cuando sea necesario en función de la nacionalidad.
  • Probar las condiciones de la estancia prevista y la disponibilidad de medios económicos.
  • No estar sujeto a prohibiciones de entrada.
Pasajeros en el aeropuerto de Madrid Barajas, operado por Aena SME SA, en Madrid, España.

¿Qué documentos presentar en frontera o en el puesto migratorio?

El Ministerio de Exteriores ha precisado que los siguientes documentos se deben presentar a las autoridades para el debido ingreso al país:

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  • Pasaporte o documento de viaje válido y en vigor: el documento deberá ser válido hasta 3 meses después de la fecha prevista de salida del territorio Schengen, y haber sido expedido dentro de los 10 años anteriores a la fecha de entrada.
  • Visado: para determinadas nacionalidades, se necesita visado de estancia válido y en vigor. Pero en el caso de los ciudadanos venezolanos, este no es un requisito exigido, pues con el pasaporte vigente se puede ingresar al país. Eso sí, se debe tener en cuenta que a partir de 2025 entrará en vigencia la autorización de viaje ETIAS (Sistema Europeo de Información y Autorización de Viaje), que se pedirá a más de 50 nacionalidades, incluida la venezolana. Después de emitirse por primera vez, este documento tiene una vigencia de tres años o hasta que expire el pasaporte con el que se emitió, lo que ocurra primero.
  • Documentos que justifiquen el objeto y las condiciones de la estancia prevista: a petición de las autoridades competentes, se deberá justificar los motivos y las condiciones de la estancia prevista, presentando cualquier documento o medio de prueba.

Para este último punto, es posible que las autoridades exijan la presentación de diferentes documentos como el tiquete de regreso, confirmación de la reserva de un viaje organizado o prueba de hospedaje o carta de invitación de un particular (la carta de invitación sólo prueba la disponibilidad de hospedaje y no suple la acreditación del resto de requisitos de entrada).

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Acreditación de medios económicos para ingresar a España

Las autoridades han señalado que las personas deberán acreditar la disponibilidad de medios económicos suficientes para la estancia prevista o estar en condiciones de obtenerlos legalmente.

En 2024, “la cantidad mínima exigida es de 113 euros por persona y día. En todo caso, y con independencia del número de días de estancia, se exigirá una cantidad mínima de 1020 euros o su equivalente en divisas”.

Estos medios económicos se pueden acreditar presentando dinero en efectivo, cheques de viaje, tarjetas de crédito acompañadas de extracto de la cuenta bancaria, libreta bancaria puesta al día o cualquier otro medio que acredite la cantidad disponible como crédito de la tarjeta o cuenta bancaria.

“Se podrá autorizar la entrada en España de los nacionales de terceros Estados que cuenten con la documentación necesaria, incluido, en su caso, el visado, y con los medios económicos suficientes, y no estén sujetos a prohibiciones de entrada ni supongan un peligro para el orden público, la seguridad interior o exterior del Estado o la salud pública”, se añadió.