¿Cuándo inicia la ley seca por elecciones en Venezuela 2024?

El Ministerio de la Defensa y de Interior de Venezuela informó sobre las medidas que regirán durante las elecciones presidenciales

Foto de várias garrafas de bebida, algumas verdes, outras transparentes e algumas âmbar; os rótulos estão em um idioma asiático
22 de julio, 2024 | 12:58 PM

Bloomberg Línea — El Ministerio de la Defensa y del Interior de Venezuela anunció en una resolución las medidas que regirán durante el proceso electoral del 28 de julio, cuando la ciudadanía elija al nuevo presidente entre diez candidatos.

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El artículo 3 de la disposición indica que se prohíbe el expendio y distribución de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional, desde las 00:01 horas del viernes 26 de julio, hasta las 23:59 horas del lunes 29 de julio.

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Todos los Cuerpos de Policía y demás órganos de seguridad ciudadana autorizados “deberán proceder al cierre inmediato de los establecimientos y comercios que incurran en desacato e inobservancia del presente artículo” y notificarán a las instituciones competentes para determinar las responsabilidades civiles, penales y administrativas a que haya lugar, señala la legislación.

La ley también ordena en su artículo 1 al Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (CEOFANB), que gire instrucciones pertinentes a los Comandantes de las Regiones Estratégicas de Defensa Integral, para establecer estricto control del desplazamiento fronterizo de personas, tanto por vía terrestre, aérea y marítima, así como el paso de vehículos.

Prohibición de manifestaciones y venta de fuegos artificiales

El artículo 2 indica que se mantiene la suspensión del porte de armas de fuego y armas blancas señalada en la Resolución Conjunta de los Ministerios del Poder Popular para la Defensa, y para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, números 032321 y 143, respectivamente.

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Además, el artículo 4 prohíbe las reuniones y manifestaciones públicas, concentraciones de personas y cualquier otro acto similar que pueda perturbar o afectar el normal desarrollo del proceso electoral.

El artículo 5 prohíbe el traslado, desplazamiento, transporte, empleo u operación de maquinarias pesadas en todo el territorio nacional, salvo que se presenten circunstancias o contingencias ante fenómenos naturales, que pudieran afectar la circulación, conectividad y movilidad de las personas y requiera la rehabilitación o reconstrucción inmediata de la infraestructura, o sean de urgente necesidad para garantizar a la población el suministro de servicios básico.

Asimismo, prohíbe la distribución y comercialización al mayor y detal de artificios pirotécnicos y de artefactos de elevación por combustible sólido estrictamente con motivo del proceso electoral.

Al igual que la ley seca, todas las medidas anteriormente descritas regirán del desde las 12:01 horas del viernes 26 de julio, hasta las 23:59 horas del lunes 29 de julio.

La disposición manda a que los oficiales del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y de los Cuerpos de Policía Estadales y Municipales, quedarán en situación de disponibilidad.

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