En Uruguay, el aguinaldo, también conocido como sueldo anual complementario (SAC), se paga en dos cuotas durante el año: en junio y diciembre, tal como lo regula el Decreto-Ley 14.525 de 1976. Para este último mes, los empleadores deben liquidarlo antes del 20 de diciembre de 2024.
Es muy común que los trabajadores registrados esperan con ansias el pago del medio aguinaldo, ya que les permite tener un extra para afrontar gastos y deudas, o también para ahorrar un poco más de lo que acostumbran. Además, en el caso de diciembre, el cobro tiene un condimento especial, ya que les ayuda a los trabajadores a costear los gastos de las fiestas de fin de año y los regalos navideños.
Ahora bien, ¿cómo se calcula? El monto del aguinaldo se obtiene calculando la doceava parte de todas las partidas remuneratorias recibidas en el semestre correspondiente. Solo se consideran ingresos en dinero otorgados por el empleador, como el salario, comisiones, horas extras, primas y feriados pagos. No se incluyen beneficios en especie, subsidios del Banco de Previsión Social (BPS) ni partidas con rendición de cuentas, como viáticos.
Ejemplo práctico sobre el pago del aguinaldo
El cálculo para saber cuánto le corresponde a un persona por el medio aguinaldo de diciembre puede ser el siguiente:
Si un trabajador gana $20.000 mensuales y percibe $3.000 adicionales por horas extras, el cálculo sería el siguiente: $20.000 x 6 meses + $3.000 ÷ 12 = $10.250.
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Gravámenes aplicables
El aguinaldo está sujeto a aportes de seguridad social y al Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF). Por seguridad social, se grava con un aporte jubilatorio personal del 15% y patronal del 7,5%, además del Fondo Nacional de Salud (FONASA), el Fondo de Reconversión Laboral (FRL) y el Fondo de Garantía por Cese Laboral (FGCL). En cuanto al IRPF, este se aplica anualmente, afectando al aguinaldo según la tasa marginal del trabajador, sin exceder el máximo de la franja correspondiente.
Otras situaciones de pago
Además de junio y diciembre, el aguinaldo también se liquida en caso de egreso del empleado. En ese escenario, se calcula la parte proporcional generada hasta el momento de finalización del vínculo laboral, excepto en despidos por mala conducta.
Registro contable del aguinaldo
Mes a mes, las empresas deben provisionar la cuota generada de aguinaldo junto con los aportes patronales asociados y el seguro correspondiente al Banco de Seguros del Estado (BSE). Al momento del pago, estas provisiones son revertidas y se abonan las obligaciones pendientes, como el BPS y el BSE.
Normativa vigente
El pago del aguinaldo está respaldado por la Ley 12.840 de 1960, que fija un plazo máximo de diez días antes del 24 de diciembre para su liquidación. Este marco legal también establece los lineamientos generales para garantizar el cumplimiento de esta prestación.