A qué hora abren y cierran los circuitos de votación en las elecciones de Uruguay 2024

El domingo 27 de octubre, millones de uruguayos acudirán a las urnas para decidir quién será el próximo presidente de la nación

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Bloomberg Línea — Los uruguayos irán a las urnas para elegir a su próximo presidente el domingo 27 de octubre de 2024, y todo indica que deberán asistir nuevamente el 24 de noviembre para la segunda vuelta, ya que parece poco probable que alguno de los candidatos supere el 50% de los sufragios.

La ley uruguaya es una de las más firmes respecto de la obligatoriedad: todos los mayores de edad deben asistir a los comicios, salvo que aduzcan justificaciones válidas.

¿A partir de qué hora se puede votar en Uruguay?

Las mesas de votación se habilitan a las 08:00 del domingo 27 de octubre (hora local) en los circuitos de todo el país, según dispuso el organismo electoral en el reglamento de estos comicios.

Asimismo, se determinó que los circuitos electorales recibirán votos hasta las 19:30 del domingo 27 de octubre. Sin embargo, si llegada la hora de cierre de la votación todavía hay electores por votar que no lo hayan hecho por falta de tiempo y que pertenezcan a dicho circuito, se prorrogará el tiempo de funcionamiento de la mesa electoral por no más de una hora, según indica el artículo 96 de la ley de elecciones, N°7.812.

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El sufragio se realizará por orden de llegada en los circuitos electorales donde funcionarán comisiones receptoras de votos compuestas por tres miembros: presidente, secretario y vocal. También habrá un funcionario facilitador, al que el votante podrá acercarse en caso de necesitar asistencia.

Qué se elije

En las elecciones nacionales de 2024 se eligen:

  • Presidente y vicepresidente de la República
  • Integrantes de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Representantes
  • Integrantes de las Juntas Electorales Departamentales
  • Proyecto de reforma del artículo 11 de la Constitución
  • Proyecto de reforma del artículo 67 de la Constitución

Habrá tres clases de hojas de votación:

  • A) Una hoja de votación que contendrá las listas de candidatos a presidente y vicepresidente de la República, a la Cámara de Senadores, a la Cámara de Representantes y a la Junta Electoral Departamental.
  • B) Una hoja de ratificación plebiscitaria que contiene el voto por SI del proyecto de reforma del artículo 11 de la Constitución, que refiere a los allanamientos nocturnos. Esta papeleta será de color amarillo.
  • C) Una hoja de ratificación plebiscitaria que contiene el voto por SI del proyecto de reforma del artículo 67 de la Constitución, que refiere a la seguridad social. Esta papeleta será de color blanco.

Para los proyectos de reforma constitucional (B y C), no habrá hojas que contengan el voto por NO. La voluntad contraria a la aprobación de la reforma se expresa mediante la no colocación de la hoja de ratificación plebiscitaria en el sobre de votación.

Plazo para las justificaciones

Las justificaciones por no haber votado en las elecciones nacionales podrán realizarse durante los 30 días siguientes al acto. El plazo va del 29 de octubre al 29 de noviembre. Si hubiera segunda elección, el plazo para la justificación de la no emisión del voto para ambas elecciones será del 26 de noviembre al 26 de diciembre del año en curso. Las justificaciones se realizarán a través de un formulario web que se publicará en la página de la Corte Electoral