El Sindicato Nacional de Trabajadores de Plataformas Digitales del Perú (Sintrapladi- Perú) no logra por momento completar su inscripción formal a raíz de una denegatoria del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Es por ello que Sintrapladi presentó una apelación el 13 de octubre pasado para obtener la representación legal de los trabajadores que entregan pedidos para aplicaciones móviles.
El pasado 23 de agosto del 2023, el sindicato solicitó su inscripción, luego de realizar la asamblea de constitución del 2 al 5 de ese mes. Sin embargo, el trámite está frenado por la cartera laboral.
Por qué el sindicato de trabajadores de apps no logra la habilitación
Según indicaron fuentes del Ministerio de Trabajo al diario El Comercio, en la mencionada convocatoria participaron 63 personas, de las cuales 49 eran extranjeros. La Dirección de Prevención y Solución de Conflictos del Ministerio observó la solicitud, notificándolo el 13 de setiembre. La normativa estableció un plazo de 10 días hábiles para subsanar las advertencias.
El 27 de setiembre, el Sintrapladi presentó un escrito dando respuesta a las observaciones. Sin embargo, la cartera laboral consideró no se lograron subsanar por completo. En primer lugar, el sindicato no logró acreditar la calidad migratoria de once de los asistentes que participaron en la asamblea.
En ese sentido, el Ministerio fundamentó esta decisión en el Decreto Legislativo 1350 -Ley de Migraciones- que obliga a los extranjeros a exhibir su situación migratoria cuando sea requerido por Migraciones, la Policía u otras autoridades peruanas.
Por otro lado, el organismo reparó en que 14 de los asistentes de la mencionada asamblea se encuentran bajo el régimen migratorio “especial”, por lo que no están habilitados para realizar actividades lucrativas. La normativa establecida por el mencionado decreto legislativo detalla que esta calidad se emite “sin ánimo de residencia”, por lo que no permite trabajar en el país. Es por ello que, de los 63 presentes en la asamblea, 25 no se encontraban habilitadas -según el MTPE- para constituir una organización sindical.
Según explica el artículo publicado por El Comercio, la ley de relaciones colectivas de trabajo establece que existen hasta cuatro tipos de sindicatos. Solo en el caso donde se trate de un sindicato de empresa -constituido por trabajadores de un mismo empleador- se requiere un mínimo de 20 inscritos para constituir el sindicato. En los otros tres casos, el mínimo requerido por ley es de 50 integrantes iniciales.
Esto quiere decir que, si bien había 63 fundadores, al estar 25 de ellos inhabilitados no se pudo inscribir legalmente a Sintrapladi.
El nacimiento del sindicato
La iniciativa de formar un sindicato surgió a partir de trabajadores motorizados de la aplicacion de delivery Rappi, quienes meses atrás llevaron adelante una protesta en todo Lima por las condiciones de contratación que ofrece la la empresa. Los manifestantes pidieron ser reconocidos en la planilla de la plataforma.
El líder de esta agrupación gremial, aún no reconocida, es Harvey Santiago Buitrago Plata, quien lleva el cargo de secretario general de Sintrapladi.