Declaración jurada de Bienes y Rentas 2024 en Perú: lo que debe saber

Personas naturales podrán presentar declaración anual renta 2023 a partir del 13 de mayo

Declaración de impuestos en Perú
16 de febrero, 2024 | 03:25 PM

Bloomberg Línea — La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) anunció que el formulario virtual 709, que debe ser utilizado por las personas naturales para presentar su Declaración Jurada Anual de Renta 2023, estará disponible a partir del 13 de mayo próximo.

VER +
Fechas de declaración SUNAT 2024 en Perú

Así, los obligados tributarios podrán cumplir con su responsabilidad ante el ente recaudador.

Cuando sea la fecha, el formulario virtual podrá ser descargado en el link: https://renta.sunat.gob.pe/ y en el aplicativo para móviles “Personas” de la Sunat.

La presentación de la DJIBR se efectúa a través del Sistema de Registro de Declaraciones Juradas en Línea (SIDJ), al cual se puede acceder a través del siguiente link: https://apps1.contraloria.gob.pe/ddjj/

¿Qué debe saber sobre la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas?

La Contraloría General de la República (CGR) elaboró una guía para responder las preguntas más frecuentes de los usuarios al momento de efectuar su declaración.

¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas?

PUBLICIDAD

Se encuentran obligados a presentar la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas todos aquellos servidores y funcionarios descritos en el artículo 2 de la Ley 27482, independientemente del régimen bajo el cual laboren, contraten o se relacionen con el Estado.

Dentro de los cuales se considera también a las “personas que administran, manejan y disponen de fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste”.

¿Qué documentos son necesarios al momento de efectuar la DJIBR?

PUBLICIDAD

Se recomienda a los declarantes que, al momento de efectuar su DJIBR, tengan a la mano los siguientes documentos, sin importar si se trata de documentos originales, copias o digitales, que les permitirán completar la información requerida, según corresponda:

Rubro: Ingresos

  • Boletas de Pago de Remuneración (a la fecha)
  • Recibo por honorarios (a la fecha)
  • Contratos de alquiler de bienes (casa, departamento, terreno, local, vehículos), donde el declarante tenga la condición de arrendador.
  • Comprobante de pago de dietas.
  • Váuchers de recepción de remesas u otro tipo de transferencias de dinero.

Rubro: Bienes Inmuebles (Perú y extranjero)

  • Partida Registral.
  • Contrato compra venta o donación de inmueble.
  • Contrato de posesión o adjudicación.
  • Cualquier otro tipo de contrato mediante el cual se adquiera la propiedad de un bien inmueble.
  • Autoevalúo de propiedad (casa, departamento, terreno, local, oficina, estacionamiento, depósito).

Rubro: Bienes Muebles - Vehículos (Perú y extranjero)

  • Tarjeta de propiedad de vehículos, aeronaves (avionetas, jet, aviones), naves (yate, velero, barco).
  • Certificado de adquisición de acciones o bonos cotizados en bolsa.
  • Acta de constitución de empresas privadas.
  • Documento que sustenten la propiedad de objetos tales como antigüedades, joyas, patentes, maquinaria industrial (cuyo valor individual supere las 2 UIT).

Ahorros, colocaciones, depósitos e inversiones en el sistema financiero del declarante y sociedades gananciales (Perú y extranjero):

  • Documentos o extractos de información obtenidos a través de aplicaciones informáticas, que acrediten la existencia de saldos a favor en cuentas bancarias, AFP, almaceneras, cajas municipales, cajas rurales, compañías de seguros, cooperativas de ahorro y crédito, empresas de arrendamiento financiero, financieras, entre otros; por ejemplo, fondos mutuos, saldo del fondo con fines previsionales y no previsionales, cuenta corriente, cuentas a plazo fijo, CTS, otros depósitos y póliza de seguro (valor de rescate).

Otros bienes e ingresos del declarante y sociedad de gananciales (Perú o extranjero)

  • Otros bienes muebles e inmuebles. Documentos que acrediten el valor de los bienes tales como: animales (caballos de paso, cabezas de ganado, canes de raza, gallos de pelea, armas, libros, entre otros bienes.
  • Otros ingresos: Documentos que sustenten gratificaciones, bonificaciones de productividad, otros ingresos no mensuales.

En caso de herencia, legados, donaciones documentos que sustentes los ingresos mencionados. Contrato de venta de inmuebles o muebles.

Acreencias (deudas por cobrar a favor del declarante) y Obligaciones (deudas por pagar del declarante)

  • Acreencias: Contrato de mutuo o documento en el que conste el préstamo que otorgó el declarante a un tercero.
  • Obligaciones: Documentación que acredite las deudas en bancos, cajas municipales, cajas rurales, cooperativas de ahorro y crédito u otra entidad financiera (saldos a la fecha); como por ejemplo: créditos hipotecarios, créditos personales, tarjetas de crédito, leasing, crédito vehicular.