Aguinaldo 2024 por Navidad en Perú: monto, cuándo se paga y quiénes los reciben

El abono fue oficializado este 29 de noviembre a través de un decreto publicado en El Peruano

El abono será reflejado en la planilla de pago de diciembre.
29 de noviembre, 2024 | 09:36 AM

Bloomberg Línea — El Gobierno de Perú oficializó el monto y los requisitos para recibir el aguinaldo de Navidad correspondiente al periodo fiscal 2024. Lo hizo a través del decreto supremo nº. 244-2024-EF, publicado en la mañana de este 29 de noviembre en el diario oficial El Peruano.

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El aguinaldo de Navidad, considerado un alivio financiero para los funcionarios públicos cada fin de año, será de S/300 y se abonará en la planilla de pagos de diciembre 2024. Los pagos se realizarán con el presupuesto institucional de las entidades, asignado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

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¿Quiénes recibirán el aguinaldo de Navidad en Perú?

Los receptores del aguinaldo de Navidad en Perú este 2024 son:

  • Los funcionarios nombrados y contratados bajo el decreto legislativo nº. 276, la Ley nº 29944 y la Ley nº. 30512.
  • Los docentes universitarios a los que se refiere la Ley nº. 30220.
  • El personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del decreto Legislativo nº. 1153.
  • Los obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley nº. 15117, los decretos Leyes nº. 19846 y nº. 20530, el decreto supremo nº .051-88-PCM y la Ley nº. 28091.

¿Qué requisitos hay para el pago del aguinaldo de Navidad?

El personal señalado recibirá el pago del aguinaldo de Navidad solo si cumple un par de condiciones establecidas por el Gobierno:

  • Haber estado trabajando hasta el pasado 30 de noviembre, “o en uso de descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley nº. 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud”.
  • Sumar tres meses de antigüedad al 30 de noviembre. En caso de no cumplir con este requisito, el aguinaldo de Navidad se abonará en forma proporcional a los meses y días laborados.
  • En el caso de los funcionarios, servidores y pensionistas de la administración pública que trabajen o hayan trabajado en más de una entidad, el aguinaldo será pagado a través de aquella que abona mayor monto de ingresos.
  • Para los servidores que laboran a tiempo parcial o jornada laboral incompleta, el aguinaldo por Navidad será proporcional al de quienes trabajan tiempo completo, bajo responsabilidad del Jefe de la Oficina de Administración o quien haga sus veces en la entidad respectiva.

¿Cuál es la diferencia entre aguinaldo y gratificación?

Hay quienes confunden el aguinaldo con la gratificación, aunque el primero aplica para los trabajadores del sector público y el otro para los trabajadores del sector privado.

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“Las gratificaciones legales constituyen un beneficio social que se otorga dos veces al año y que, justamente por la coincidencia de fechas, es que se denominan gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad”, explica el Congreso de la República.

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Si bien el aguinaldo también se paga dos veces al año, su monto es el mismo para todos los trabajadores del sector público y definido por el Gobierno mediante un decreto supremo, en este caso, S/300.

Por el contrario, el monto de la gratificación equivale a un salario completo de cada trabajador, siempre y cuando haya laborado durante todo el semestre. De esta manera, quienes devenguen más, van a recibir una mayor suma de dinero. Por ley, las empresas deben abonarla en la primera quincena de julio y diciembre.

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