Ciudad de Panamá — La nueva ley que ampara el contrato de First Quantum Minerals para explotar cobre del subsuelo panameño por los próximos 40 años y que ha generado protestas en Panamá desde hace dos semanas es inconstitucional, según el Ministerio Público.
Así lo dieron a conocer el Procurador de la Administración, Rigoberto González, y el Procurador General de la Nación, Javier Caraballo.
A pesar de la relevancia de los conceptos de los procuradores, la última palabra en cuanto a la inconstitucionalidad la tiene la Corte Suprema de Justicia (CSJ), tribunal que puede ponderar estos pronunciamientos para su decisión final.
La opinión de González se basó en la demanda que presentó el abogado Juan Ramón Sevillano, uno de los tres juristas que demandó por inconstitucional este nuevo contrato ley.
El documento, al que tuvo acceso Bloomberg Línea, detalla que el contrato es inconstitucional porque, nuevamente, no hubo una licitación pública para el otorgamiento de este contrato que reemplaza a la ley 9 de 1997 con la que operaba First Quantum Minerals, y que fue declarado inconstitucional por la CSJ en 2017.
Debido a la inconstitucionalidad, la actual administración negoció con la empresa y aprobó la Ley 406, que ha generado un rechazo ciudadano en las diversas calles del país exigiendo su derogación.
El Procurador de la Administración señala que ante la ausencia de naturaleza de bienestar social e interés público se infringe la Constitución de Panamá.
También su pronunciamiento detalla que no hubo una consulta pública, efectiva y previa, que garantizara el acceso a la información y participación a la ciudadanía en general.
Otro de sus argumentos es que no se efectuó un análisis para determinar si era “bueno y suficiente” el contrato de concesión y en esa materia se pronunció la CSJ en su fallo de inconstitucionalidad en diciembre de 2017.
En criterio del Procurador de la Administración, la norma también es inconstitucional porque el nuevo contrato ley “restringe el acceso a la justicia” y por la naturaleza del contrato-concesión “existe un importante impacto ambiental”.
A su vez, con la nueva ley se compromete el espacio aéreo, tierras y otros bienes que no pueden ser objeto de apropiación privada y se permite la aprobación de bienes por parte de Estados extranjeros, agrega el concepto de la Procuraduría.
“Hemos tenido por delante la visión de Estado y esa visión es asumir posiciones cónsonas con los intereses del Estado. Esto se sustenta con los dueños del poder: el pueblo ¿quiénes son los que hemos dado a lugar a que las cosas estén como estén? Cuando los ciudadanos salen a protestar es con justa razón”, dijo Rigoberto González a los medios de comunicación.
Por su parte, el Procurador General de la Nación, José Caraballo, también confirmó que el contrato ley 406 es inconstitucional. Su pronunciamiento surge ante la primera demanda de inconstitucionalidad de la nueva ley, presentada por la abogada Martita Cornejo.
Entre los argumentos de Caraballo está que de acuerdo a las funciones de la Asamblea Nacional la competencia del Órgano era aprobar o desaprobar el proyecto de ley del nuevo contrato. No obstante sugirió la modificación de la ley al Ejecutivo lo que viola la Constitución.
Esta modificación que cita Caraballo fue el momento en que el Ejecutivo eliminó los polémicos artículos de la ley que le permitían a la minera expropiar tierras y ocultar los beneficiarios finales del proyecto.
De igual manera, menciona el escrito de Caraballo que “no pasa desapercibido” que el entonces proyecto de ley no “transitó” por el proceso de consulta ciudadana establecido en la ley que adoptó el Acuerdo Regional Sobre el Acceso a la Información, Participación Pública y a el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe firmado en Escazú, Costa Rica, o también llamado “Acuerdo de Escazú”.
Mientras tanto, la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate la derogación del contrato ley 406 de First Quantum Minerals y el Presidente convocó a sesiones extraordinarias a los diputados de la Asamblea para discutir la ley que establece la consulta para que los ciudadanos decidan si avalan o no la ley 406 y otro proyecto que establece la moratoria minera en el país y que a su vez deroga la ley 406.