Ministerio de Comercio pide a la Procuraduría no revelar consulta del fallo referente a la mina de cobre

A pesar de que la negociación culminó en enero 2022, dos ministros de comercio pidieron reservar la sugerencia de acatamiento del fallo de inconstitucionalidad respecto a la mayor inversión y polémica en Panamá

La consulta pública no vinculante respecto al nuevo contrato y el documento se divulgan en el portal Agora.gob.pa pese a que en Panamá el 36% no tiene acceso a internet, según el Banco Mundial.
24 de abril, 2023 | 09:23 AM

Ciudad de Panamá — Aunque Panamá adoptó el Acuerdo de Escazú, que establece que cada parte velará porque una vez adoptada una decisión el público sea oportunamente informado de ella y de los motivos y fundamentos que la sustentan, el Ministerio de Comercio e Industrias (Mici) le solicitó a la Procuraduría de la Administración no revelar la consulta sobre cómo aplicar el fallo de inconstitucionalidad del reciente negociado contrato minero de First Quantum Minerals.

Esto quedó evidenciado en un reciente cuestionario en el que el Mici le contestó a Bloomberg Línea que el fallo se acató atendiendo a la consulta de la Procuraduría de la Administración, pero se negó a mostrarla.

El fallo atañe a la mayor inversión privada que se realiza en Panamá, que suma US $10 mil millones, y también a la polémica por el futuro de los recursos naturales y minerales del país.

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Desde el 25 de marzo hasta este 22 de abril el gobierno panameño realizó una consulta pública jurídicamente no vinculante sobre el contrato ley firmado con Minera Panamá, filial de First Quantum Minerals, luego de más de un año de negociaciones.

En el portal Ágora, donde se publicó exclusivamente el proyecto de contrato minero de 69 páginas, no es posible imprimir el contenido.

La polémica ambiental surge debido a que la mina de cobre de First Quantum, que opera en unas 12 mil hectáreas, está fragmentando el corazón del Corredor Biológico Mesoamericano y se encuentra en una zona de bosque protegido en el que se han registrado más de 2 centenares de incumplimiento a sus compromisos ambientales.

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La Procuraduría de la Administración contestó que tanto el ministro de Comercio e Industrias, Federico Alfaro Boyd, como su antecesor Ramón Martínez, solicitaron mantener hasta la fecha la reserva de la consulta.

Esto, pese a que en enero de 2022 culminaron las negociaciones del contrato minero entre el Estado y la minera que extrae cobre en el caribe panameño y que el pasado 22 de abril culminó la fase de consulta pública no vinculante, según informó el Ejecutivo.

Bajo la óptica gubernamental

“La reserva fue solicitada en atención a que el proceso de negociación y redacción del borrador de contrato mantenía información confidencial y de reserva tanto para el Estado como para Minera Panamá, S.A., y se mantiene la reserva de información en atención a los procesos arbitrales en curso”, fue la respuesta del Ministerio de Comercio e Industrias.

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Sin embargo, no facilitó la resolución motivada de la prohibición mediante la cual se pactó esta confidencialidad, tal como lo establece la Ley de Transparencia, a pesar de que fue requerido por Bloomberg Línea.

La entidad añadió que durante la negociación “era importante salvaguardar el interés público y que se debía atender el hecho de que la casa matriz de Minera Panamá, S.A. - la subsidiaria de First Quantum- cotiza en la bolsa de valores y tiene obligaciones regulatorias y financieras internacionales que considerar mientras durara el proceso.

Actualmente, “se mantienen interpuestos procesos arbitrales contra el Estado, motivo por el cual se ha mantenido la reserva de esta información”.

El acatamiento de este fallo de inconstitucionalidad, con fecha de 21 de diciembre de 2017, ha generado una polémica en el país.

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Ana Matilde Gómez, exprocuradora general de la Nación, indicó que el ministro Alfaro Boyd hace una solicitud de reserva sobre la base de una negociación que ya culminó por lo que le toca explicar en qué etapa están y por la que se requiere la reserva.

Resaltó que es importante conocer la trascendencia de esa opinión, porque si esa opinión ayuda al Estado a tener una mejor postura, la publicación del fallo ayudaría a que los ciudadanos confirmaran si el Mici atendió las implicaciones del cumplimiento del fallo.

Por su parte, Carlos Barsallo, expresidente de Transparencia Internacional capítulo de Panamá, expuso que no es una práctica habitual no publicar estos documentos, ni que la Procuraduría solicite si se puede publicar una consulta.

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Transparencia Internacional, capítulo de Panamá, recordó que el país ratificó el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Escazú), que en materia de consulta pública no se estaba cumpliendo.

Precisamente, la guía de implementación del Acuerdo de Escazú establece que en cuanto a la participación pública se debe hacer que la decisión y sus antecedentes sean públicos y accesibles, proporcionar información sobre las acciones administrativas y judiciales pertinentes, y permitir que estas se ejerzan.

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De igual manera, se deben adoptar medidas para asegurar que la participación sea posible desde las etapas iniciales y que la participación será “abierta” e “inclusiva”.

La guía menciona que la participación debe comenzar al principio del proceso, cuando la decisión está en su fase de formación, y con la suficiente antelación como para que incida de forma efectiva en la decisión que se está considerando. “Cuanto antes pueda participar el público, más efectiva puede ser su participación, lo que da legitimidad y permite que las personas se identifiquen y que se tengan en cuenta las opiniones discrepantes”.