¿Qué pasa si no presento la declaración anual 2023 y tengo saldo a favor?

La fecha límite para presentar la declaración anual es el 2 de mayo y no se prevé que el SAT otorgue una prórroga

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Ciudad de México — Si eres de los contribuyentes que dejaron para el final la presentación de la declaración anual, pero probablemente tienes saldo a favor porque durante el ejercicio fiscal 2022 tuviste deducciones personales, todavía no está todos perdido ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La declaración anual de las personas físicas se debe presentar típicamente en el mes de abril, la fecha límite es el 30 de abril, pero en esta ocasión el plazo se recorrió al 2 de mayo, ya que 30 de abril fue domingo, que es un día inhábil para el SAT, y el 1 de mayo fue festivo oficial, por lo que no hubo servicio.

En este sentido, es importante que el contribuyente conozca que la fecha límite para presentar la declaración anual es el 2 de mayo y que el SAT no dará prórroga a las personas físicas.

Si los tiempos te ganaron y no pudiste presentar la declaración anual, no está todo perdido con el SAT.

Antes que todo revisa tu información fiscal para corroborar que tienes un saldo a favor, AQUÍ puedes checar si es probable que obtengas una devolución del SAT.

David Lozada, consultor fiscal en Aleph Academy, dijo que lo primero que debe saber la persona física es que está ante el incumplimiento de una obligación fiscal y, en consecuencia, la autoridad puede sancionar al contribuyente.

Sin embargo, el contador mencionó que al resultar un saldo a favor, es altamente probable que el SAT no inicie sus facultades de comprobación, por lo que, sin el inicio de esas facultades, la autoridad no puede imponer alguna sanción.

Lozada indicó que el derecho de recuperar el saldo a favor prescribe en 5 años, por lo tanto, se puede presentar dicha declaración posteriormente al 2 de mayo y solicitar la devolución del saldo a favor, antes de que venza el plazo de la prescripción.

Es importante aclarar que lo anterior no significa una prórroga; la posibilidad de presentar la declaración anual del ejercicio fiscal 2022 después del 2 de mayo responde a una regla fiscal.

El experto de Aleph Academy apuntó que la regla 2.3.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal da la facilidad de poder presentar la declaración anual con saldo a favor, a más tardar el 31 de julio próximo y que dicho saldo a favor se considere dentro del Sistema Automático de Devoluciones, lo que facilita la recuperación de dicho saldo a favor sin mayores gestiones.

Si decidiste presentar la declaración anual, recuerda que el RFC, la contraseña y/o la e.firma son los insumos básicos para cumplir con esta obligación fiscal anual.