México decreta incentivos fiscales para impulsar nearshoring

Los incentivos estarán disponibles en todos los estados y municipios del país durante un año

El decreto se publicó el 11 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
11 de octubre, 2023 | 10:02 AM

Ciudad de México — El Gobierno de México decretó incentivos fiscales para atraer empresas que deseen relocalizar su producción al país como parte del fenómeno de nearshoring.

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El decreto, publicado este miércoles 11 de octubre en el Diario Oficial de la Federación, establece la deducción acelerada de inversiones que varía del 56% al 89% en 2023 y 2024.

Además, se garantiza una deducción adicional del 25% durante tres años para gastos de capacitación de trabajadores.

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“Los incentivos están disponibles en todos los estados y municipios del país, ampliando la ventana de oportunidad por un año para las empresas interesadas”, escribió el subsecretario de Hacienda, Gabriel Yorio, en su cuenta de X.

Los incentivos fiscales serán aplicables para instalarse en cualquier parte de México y aplica para 10 sectores clave de la economía mexicana por ser altamente exportadores.

Entre los sectores se encuentran los relacionados con fertilizantes y agroquímicos; industria farmacéutica; componentes electrónicos como semiconductores; equipo médico; baterías y accesorios para instalaciones eléctricas; motores de gasolina, híbridos y de combustibles alternativos; equipo eléctrico y electrónico; motores para aeronaves, y equipo y aparatos no electrónicos para uso médico.

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Los contribuyentes personas morales podrán optar por aplicar el estímulo fiscal durante los ejercicios fiscales de 2023 y 2024 cuando el monto de los ingresos provenientes de las exportaciones de los bienes o de las obras a que se refieren los dos párrafos anteriores, representará al menos el 50% de su facturación total en cada ejercicio.

El estímulo consiste en optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo, adquiridos a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2024, deduciendo en el ejercicio en el que se realice la inversión la cantidad que resulte de aplicar al monto original de la inversión.

Lo dispuesto en este artículo solo será aplicable respecto de aquellas inversiones que los contribuyentes mantengan en uso durante un periodo mínimo de dos años inmediatos siguientes al ejercicio en el que se efectúe su deducción inmediata.

Los porcentajes que se podrán aplicar para deducir las inversiones dependerán del tipo de bien. Los mayores porcentajes serán para automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas y remolques, aviones dedicados a la aerofumigación agrícola, computadoras personales de escritorio y portátiles, troqueles, moldes, y maquinaria y equipo destinados directamente a la investigación de nuevos productos o desarrollo de tecnología en el país.

En cuanto a la deducción adicional para la capacitación de trabajadores, el decreto señala que este beneficio será para las empresas que proporcionen conocimientos técnicos o científicos vinculados con la actividad del contribuyente.

Para estos efectos, la deducción adicional sólo será procedente respecto de la capacitación proporcionada por los contribuyentes a sus trabajadores activos registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

El decreto señala también los casos en que las empresas no podrán acceder a los estímulos fiscales, por ejemplo, cuando haya restricción del sello digital, cuenten con créditos fiscales exigibles o estén en las listas de empresas fantasma del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Esta historia fue actualizada a las 11:15 horas a lo largo del texto.

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