Ciudad de México — Las fiestas de fin de año están por comenzar y con ello el periodo vacacional de algunas de las instituciones del Gobierno en México, tal es el caso del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el responsable del cobro de impuestos en el país a nivel federal.
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Los funcionarios del SAT, un organismo descentralizado de la Secretaría de Hacienda, cuentan con dos periodos generales de vacaciones en el año. El primero se realizó en el verano y tuvo lugar del 15 al 26 de julio, de acuerdo con la Miscelánea Fiscal para 2024.
El día de hoy el SAT publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una nueva modificación a la Miscelánea Fiscal para 2024, en donde establece las fechas del segundo periodo general de vacaciones del año.
El periodo de vacaciones en diciembre para los funcionarios del SAT será del 23 al 31 de diciembre, de acuerdo con la resolución.
Por lo que el último día de labores del SAT será el viernes 20 de diciembre.
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Las actividades se reanudarán el jueves 2 de enero, ya que el 1 de enero es un día no laboral de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.
Algunos de los trámites que se realizan en los módulos de Atención del SAT se relacionan con la obtención de la Cédula del Identificación fiscal y con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
¿Qué días no se trabaja en México?
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo define como días de descanso obligatorio:
- 1 de enero (Año Nuevo)
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (Día de la Constitución Mexicana)
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
- 1 de mayo (Día Internacional del Trabajo)
- 16 de septiembre (Día de la Independencia de México)
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (Día de la Revolución Mexicana)
- 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- 25 de diciembre (Navidad)
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral
¿Qué documentos se necesitan para sacar el RFC?
El RFC es una clave que las autoridades fiscales en México utilizan para identificar a las personas físicas y morales que realizan alguna actividad económica en el país y deben pagar impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El Registro Federal de Contribuyentes está compuesto de 13 caracteres alfanuméricos formados por la iniciales del nombre de la persona física o moral, seguido de la fecha de nacimiento o constitución y tres caracteres más llamados “homoclave” que el SAT otorga y revisa para que el RFC sea una clave única e irrepetible.
Además de servir para realizar trámites referentes al pago de impuestos y obligaciones fiscales, es necesario para acceder a diversos productos financieros como cuentas bancarias, tarjetas de crédito, programas de seguridad social e incluso para participar en las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) o usar el Fondo Nacional de la Vivienda para Trabajadores (INFONAVIT).
¿Qué documentos se necesitan para tramitar el RFC?
- Contar con Clave Única de Registro de Población (CURP) o: Carta de naturalización expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada, según corresponda, tratándose de mexicanos por naturalización (original o copia certificada); o Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).
- Comprobante de domicilio fiscal
- Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal
- Acuse de preinscripción en el RFC
¿Cómo tramitar el RFC por primera vez?
Para obtener el RFC debe inscribirse al padrón de contribuyentes. El trámite se realiza presencial en las oficinas del SAT y no tiene costo. Debe ser tramitado como mínimo durante el mes siguiente a iniciar alguna actividad económica.