Ciudad de México — El 2025 inició con un conjunto de cambios fiscales y laborales que los mexicanos deberán tener en cuenta para planificar su año.
El alza del salario mínimo, la prórroga para habilitar el Buzón Tributario, la entrada en vigor de la Ley Silla y el aumento en el impuesto a gasolinas, son algunos de los cambios para este año que, además, será el primero del sexenio de la presidenta Claudia Sheinbaum.
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Salario mínimo 2025
El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) acordó aumentar el salario mínimo 12% para 2025, el primer año del Gobierno de Sheinbaum.
A partir del 1 de enero de 2025, el salario mínimo general subirá de 248.93 a 278.80 pesos diarios, mientras que en la Zona Libre de la Frontera Norte aumentará de 374.89 a 419.8 a pesos diarios.
Los salarios mínimos profesionales, que aplican a 61 ocupaciones y oficios, también tendrán un incremento de 12%.
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Aumento de IEPS a gasolinas, cigarros y bebidas saborizadas 2025
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó el 27 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se actualizan las cuotas del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) para combustibles, cigarros y bebidas saborizadas, que estarán vigentes en 2025.
La actualización se aplica de forma anual a las cuotas del impuesto con base en un factor vinculado a la inflación, por lo que para este año el IEPS de esos productos aumenta 4,5%.
Estas son las cuotas del IEPS aplicables a los combustibles automotrices para 2025:
- Gasolina Magna (menor a 91 octanos): 6.4555 pesos por litro
- Gasolina Premium (mayor o igual a 91 octanos): 5.4513 pesos por litro
- Diésel: 7.0946 por litro
La cuota aplicable a tabacos labrados que estará vigente a partir del 1 de enero de 2025 es de $0.6445 por cigarro, mientras que la cuota aplicable a bebidas saborizadas que estará vigente este año es de $1.6451 por litro.
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Buzón Tributario del SAT
La Resolución Miscelánea Fiscal 2025 trajo una prórroga relacionada con el Buzón Tributario.
El SAT dará más tiempo a los contribuyentes para que habiliten el Buzón Tributario y actualicen sus medios de contacto. El fisco autorizó una prórroga al 1 de enero de 2026 para la obligación de habilitar el Buzón Tributario.
Es decir, los contribuyentes que no hayan habilitado el buzón tributario o no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto, no serán multados durante 2025.
La prórroga también aplica para los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza.
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Programa de regularización fiscal
El Gobierno de Sheinbaum, a través del SAT, implementará un programa de regularización fiscal en 2025 que busca que los contribuyentes se pongan al corriente con el pago de adeudos.
Este programa, que también busca disminuir la cartera vencida, fue aprobado en la Ley de Ingresos de la Federación 2025.
El SAT otorgará un estímulo fiscal del 100% de las multas y recargos a las personas físicas y morales cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal de que se trate, para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, no hayan excedido de 35 millones de pesos.
El estímulo será otorgado a los contribuyentes que tengan a su cargo contribuciones o cuotas compensatorias correspondientes al ejercicio fiscal 2023 o anteriores, siempre que presenten las declaraciones respectivas y realicen el pago de éstas en una sola exhibición a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
También se otorgará a quienes tengan a su cargo créditos fiscales firmes determinados por la autoridad federal, siempre que estos no hayan sido objeto de impugnación o, habiendo sido impugnados, el contribuyente se desista del medio de defensa interpuesto.
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Aumento del Impuesto Sobre Nóminas en CDMX
El Gobierno de la Ciudad de México aumentará en 2025 el Impuesto Sobre la Nóminas (ISN); el Congreso local aprobó subirlo en un punto porcentual, es decir, se incrementa de 3% a 4% para este año.
Para las microempresas el ISN se mantendrá en la tasa de 3%, mientras que para la pequeñas empresas se aplicará un beneficio fiscal equivalente a 0.5% de la nueva tasa, es decir, pagarían una tasa reducida de 3.5%.
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En la Ciudad de México se encuentran obligadas al pago del impuesto las personas físicas y morales que realicen erogaciones en dinero o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado.
Se consideran erogaciones destinadas a remunerar el trabajo personal subordinado: los sueldos y salarios; tiempo extraordinario de trabajo; premios, primas, bonos, estímulos e incentivos; compensaciones; gratificaciones y aguinaldos; y primas de antigüedad, entre otros.
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Resolución Miscelánea Fiscal 2025
El SAT publicó el 30 de diciembre la Resolución Miscelánea Fiscal 2025 y sus Anexos, un documento que funciona como el insumo fundamental para que los contribuyentes realicen su planeación fiscal.
Entre los aspectos que destaca el SAT se encuentra la facilidad a las personas físicas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza, que obtengan saldos a favor, de solicitar su devolución en los pagos mensuales o de forma conjunta en enero del ejercicio inmediato posterior.
De igual forma, se recuerda que quienes deseen regresar a tributar en este régimen y cumplan con los requisitos para ello, podrán presentar su aviso a más tardar el 31 de enero de 2025.
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Se aclara que los depósitos que obtengan las personas físicas por concepto de programas sociales del Gobierno federal son inembargables.
En cuanto a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, se establecen acciones para la vigilancia de las mercancías provenientes de Asia que ingresan al país a través de empresas de mensajería:
- Si la mercancía proviene de países con tratados internacionales, y su valor excede US$1 o US$50, según corresponda, se pagará la tasa de 19%, salvo los países del T-MEC, que pagarán 17% si el valor es mayor a US$50, pero no excede los US$117.
- Si la mercancía no proviene de países con tratados internacionales, se pagará la tasa única de 19%.
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Ley Silla en México
El Congreso aprobó una reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de derecho al descanso durante la jornada laboral, conocida como “Ley Silla”.
Con la Ley Silla, las personas que trabajan de pie tendrán derecho a una silla con respaldo durante su jornada laboral.
La reforma ya fue promulgada y publicada el 19 de diciembre en el DOF, por lo que comienza un periodo de transición para la entrada en vigor de la reforma. El decreto presidencial establece que la reforma entrará en vigor a los 180 días naturales siguientes al día de su publicación.
Es decir, la reforma entrará en vigor seis meses después de que se publicó en el DOF, esto será a mediados del mes de junio de 2025 (17 de junio).
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Reforma de seguridad social para Plataformas Digitales
El Congreso aprobó una reforma a la Ley Federal del Trabajo para dar seguridad social y acceso a derechos laborales a las personas que trabajan como repartidores en las plataformas digitales como Uber, DiDi y Rappi, entre otras.
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Una de las principales demandas de los repartidores o conductores, que son llamados por las empresas “socios”, es el acceso a la seguridad social que implica poder ahorrar para una pensión y tener servicios de salud como un trabajador que está dado de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social.
La reforma laboral de plataformas digitales busca reconocerles el estatus de trabajadores de plataformas digitales.
El 24 de diciembre se publicó en el DOF la reforma. El decreto establece que entrará en vigor 180 días después de su publicación, es decir, en seis meses (finales de junio de 2025).