Ciudad de México — El año 2024 inició con un conjunto de cambios fiscales y laborales que los mexicanos deberán tener en cuenta porque podrían afectar su bolsillo o darles un respiro en cuanto al cumplimiento con el fisco.
Aumento del salario mínimo, ajuste en la tasa de retención a ahorradores, incremento en el impuesto de gasolinas, cigarros y bebidas saborizadas, y prórroga en la Carta Porte, son algunos de los principales cambios que entran en vigor a partir del 1 de enero de 2024.
Salario mínimo 2024
El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) acordó aumentar 20% el salario mínimo para el último año del sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador.
A partir del 1 de enero de 2024, el salario mínimo general aumenta de 207.44 a 248.93 pesos diarios, mientras que en la Zona Libre de la Frontera Norte sube de 312.41 a 374.89 pesos diarios.
Los salarios mínimos profesionales, que aplican a 61 ocupaciones y oficios, también tendrán un incremento de 20%.
Tasa de retención a ahorradores
En 2024 habrá una nueva tasa de retención para ahorradores.
La Cámara de Diputados aprobó un incremento de la tasa de retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para quedar en 0,50% sobre los intereses que paguen las instituciones del sistema financiero.
La tasa de retención para ahorradores en 2023 era de 0,15%.
Como su nombre lo indica, la tasa de retención se retiene y los ahorradores tienen la posibilidad deducir esa tasa contra el cobro de ISR al final del periodo.
De acuerdo con la Ley del ISR, las instituciones financieras que efectúen pagos por intereses deben retener y enterar el impuesto aplicando la tasa que se establezca en la Ley de Ingresos para cada ejercicio fiscal.
Las cuentas de pensiones y los saldos en cuentas de los ahorradores menores a MXN$149.000 están exentas de esta tasa de retención.
Aumento de IEPS a gasolinas, cigarros y bebidas saborizadas 2024
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó el 22 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se actualizan las cuotas del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) para combustibles, cigarros y bebidas saborizadas, que estarán vigentes en 2024.
La actualización se aplica de forma anual a las cuotas del impuesto con base en un factor vinculado a la inflación, por lo que para este año el IEPS de esos productos aumenta 4,3%.
Estas son las cuotas del IEPS aplicables a los combustibles automotrices para 2024:
- Gasolina Magna (menor a 91 octanos): 6.1752 pesos por litro
- Gasolina Premium (mayor o igual a 91 octanos): 5.2146 pesos por litro
- Diésel: 6.7865 por litro
La cuota aplicable a tabacos labrados que estará vigente a partir del 1 de enero de 2024 es de $0.6166 por cigarro, mientras que la cuota aplicable a bebidas saborizadas que estará vigente este año es de $1.5737 por litro.
Carta Porte del SAT
La Resolución Miscelánea Fiscal 2024 trajo una prórroga para quienes emiten Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con Carta Porte.
Los contribuyentes obligados a expedir CFDI a los que se les incorpore el complemento Carta Porte podrán continuar emitiéndolos en su versión 2.0 hasta el 31 de marzo de 2024, es decir, en el primer trimestre del año convivirán la versión 2.0 con la nueva 3.0.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) había fijado como plazo el 31 de diciembre de 2023 para la emisión del CFDI en su versión 4.0 con la versión 3.0 del complemento Carta Porte, pero ahora se prórroga al 31 de marzo.
La Carta Porte es un complemento a la factura por las operaciones de traslado o por los servicios de transporte de bienes o mercancías, que se realicen dentro del territorio nacional. Lo pueden utilizar los contribuyentes que requieren trasladar bienes y/o mercancías en territorio nacional por vía terrestre, marítima, aérea y ferroviaria.
Buzón Tributario del SAT
Otra prórroga que trajo la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 está relacionada con el Buzón Tributario.
El SAT dará más tiempo a los contribuyentes para que habiliten el Buzón Tributario o actualicen sus medios de contacto.
Originalmente, el fisco fijó el plazo para el 31 de diciembre de 2023 como el último día para habilitar el Buzón Tributario y evitar multas, sin embargo, la Resolución Miscelánea 2024 prorrogó al 1 de enero de 2025 el plazo para cumplir con esta obligación.
Es decir, los contribuyentes que no hayan habilitado el buzón tributario, o no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto, no serán multados durante 2024.
Ligado a la prórroga para habilitar el Buzón Tributario, otro aspecto para tener en cuenta es el aplazamiento del Buzón como medio de notificación para otras autoridades distintas al SAT.
La Resolución Miscelánea 2024 establece que las autoridades fiscales distintas al SAT, como Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), Comisión Nacional del Agua (Conagua), así como las autoridades que ejercen la facultad de fiscalización en las entidades federativas, podrán hacer uso del Buzón Tributario.
El uso del Buzón es para la notificación electrónica de los actos o resoluciones administrativas que emitan en documentos digitales a partir del 31 de diciembre de 2024, por lo que en tanto entra en vigor, las notificaciones se realizarán por Buzón Tributario.
NOM-037 del Home Office
La Norma Oficial Mexicana 037 de la Secretaría del Trabajo, conocida como la NOM-037 del home office o teletrabajo, entró en vigor el 5 de diciembre de 2023, sin embargo, será este 2024 cuando la Norma verá su implementación y las empresas deberán cumplir con los requerimientos en beneficio de los trabajadores.
La NOM-037 establece las condiciones de seguridad y salud en el trabajo que deben cumplir las personas bajo la modalidad de home office o teletrabajo para realizar sus actividades en un entorno laboral seguro y saludable, así como prevenir accidentes y enfermedades.
El teletrabajo se considera a partir de que se desempeña el 40% del tiempo en el domicilio de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, por ejemplo 2 días en el hogar de la semana o también 8 días del mes.
Los patrones deberán proporcionar a sus trabajadores los insumos obligatorios para aquellos que realicen home office: silla ergonómica o de otro tipo apropiada para las actividades: equipo de cómputo y en su caso, impresora; los aditamentos necesarios para garantizar condiciones ergonómicas o posturales del trabajador; pago del internet y electricidad destinado al teletrabajo.
Reducción de la jornada laboral
Las empresas y trabajadores estarán a la expectativa este año en cuanto a la reforma constitucional que busca reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales.
Durante el segundo semestre de 2023, tuvo lugar la discusión de la reducción de la jornada laboral y, aunque mostró avance en la Cámara de Diputados, en diciembre los legisladores acordaron seguir discutiendo las implicaciones de la reforma.
Los diputados fijaron febrero o marzo de 2024 como los meses para discutir y, eventualmente, aprobar la reforma a la Constitución. La mayoría de los diputados están de acuerdo, hasta ahora, en que la implementación de la reforma sea gradual.