Bloomberg Línea — El miércoles 29 de marzo, la Corte Constitucional de Ecuador avaló el proceso de juicio político contra el presidente Guillermo Lasso, con seis votos a favor de nueve en el pleno, trasladando ahora el proceso a la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional.
Este proceso podría concluir con la destitución y censura del presidente, a quien desde la Asamblea, y cuando se aprobó la emoción, se recomendó el juicio político por presuntos “delitos contra la seguridad del Estado y contra la administración pública: concusión y peculado”.
Tras la decisión, la administración de Guillermo Lasso emitió en un comunicado en el que precisó que respetaba el dictamen de la Corte, sustentando que la decisión, “de ninguna manera, valida los argumentos planteados por la legislatura en contra del Presidente”. A esto se sumó que “el planteamiento de la Asamblea nunca tuvo ni tendrá sustento jurídico, ni político alguno. Como es de conocimiento público, el documento ha sufrido varios cambios y ha contado con errores”.
¿En qué consiste el juicio político en Ecuador?
El juicio político está contenido en la Constitución y es una facultad fiscalizadora exclusiva de la Asamblea Nacional, la cual puede imponer sanciones a funcionarios públicos o mandatarios, si se considera que han incurrido en conductas jurídicas inapropiadas y así materializar el principio de responsabilidad que demanda la misma Constitución.
Para iniciar el proceso, una comisión de la legislatura debe proponer la moción y después el Consejo de Administración Legislativa (CAL) verifica que el pedido de juicio político cumpla con los requisitos legales, para que lo evalúe la Corte Constitucional. Estos pasos ya se han cumplido.
Una vez presentado el dictamen, el pleno de la Corte debe reunirse y analizar el proyecto del juez ponente. Para los casos de juicio político, son necesarias las dos terceras partes del pleno, es decir, la aprobación de seis de nueve jueces, votación que se cumplió el miércoles y que se aprobó con los mínimos exigidos por la Constitución.
Junto a esto, la Carta Política del país establece que el juicio político a un presidente o a un vicepresidente debe hacerse dentro de su mandato, diferente a otros funcionarios que pueden ser enjuiciados hasta un año después de dejar su cargo.
Con estas instancia cumplidas y aprobadas, ahora el CAL deberá remitir el pedido a la Comisión de Fiscalización que deberá hacer un informe en máximo 45 días recomendando la destitución o el archivo del caso. Tras presentarse ese informe, el presidente de la Asamblea Nacional deberá convocar al Pleno en las siguientes 72 horas para “resolver motivadamente” la solicitud, con base en las pruebas de descargo presentadas contra el Presidente. Para destituir o censurar al presidente son necesarias las dos terceras partes del pleno a favor, es decir, 92 votos.
Si la moción no es aprobada, la solicitud debe archivarse y “en ningún caso podrá volverse a proponer juicio político por los mismos hechos” contra el mandatario, según la Constitución. En caso de ser destituido, la Presidencia será asumida por el vicepresidente actual, quien debe presentar a la Asamblea una terna para que los legisladores elijan al nuevo vicepresidente del Ecuador.
¿Qué es la ‘muerte cruzada’ y por qué Lasso podría usarla?
La muerte cruzada es una facultad incluida en la Constitución Política de 2008 y es un poder que se otorga al presidente de turno para disolver la Asamblea Nacional. La misma medida puede ser convocada por la Asamblea para pedir la destitución anticipada del presidente sin un juicio político previo, aunque el parlamento ya usó esta herramienta en las protestas de junio y no puede volver a aplicarla.
El pasado febrero, después de la derrota en la Consulta Popular y ante los primeros llamados de convocar un juicio político, el jefe de la cartera de Gobierno del Ecuador, Henry Cucalón, señaló que la medida constitucional de ‘muerte cruzada’ siempre estaría “en el escritorio” del presidente Guillermo Lasso.
Si el gobierno llega a tomar la decisión, la Asamblea se disuelve y el Consejo Nacional Electoral deberá convocar a nuevas elecciones, tanto para asambleístas como para el presidente, en un plazo máximo de siete días y para una misma fecha ambas elecciones, que debe ser en hasta los tres meses siguientes. En este tiempo el mandatario obtiene facultades legislativas y puede emitir decretos con carácter de ley, hasta que la nueva Asamblea las reafirme o las derogue.
Estas son las tres situaciones en las que Guillermo Lasso podría aplicar la ‘muerte cruzada’, con base en el artículo 148 de la Constitución:
- Cuando a su juicio, la Asamblea Nacional se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional (CC).
- Si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo.
- Por grave crisis política y conmoción interna.
Si se hace efectiva la ‘muerte cruzada’, el Legislativo cerrará por 90 días en tanto se desarrolla el proceso electoral. Los 137 asambleístas que comenzaron funciones en 2021 dejarán sus curules, aunque podrán postularse nuevamente a una reelección, igual que lo podrá hacer el presidente.