No enjuiciar políticamente a Lasso recomienda informe borrador de comisión

Según el presidente de la Comisión de Fisclaización, tras la revisión documental se concluyó que “el señor presidente de la República no ha incurrido en el presunto delito de peculado”

No enjuiciar políticamente a Lasso recomienda informe borrador de comisión
05 de mayo, 2023 | 04:57 PM

Quito — Este sábado 6 de mayo a las 10:00 sesionará la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional para conocer el informe que recomienda no dar paso a juicio político contra Guillermo Lasso. El borrador de este documento contiene 259 páginas y en él se analizan más de 100 pruebas de cargo y de descargo.

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Según señaló el presidente de la comisión, Fernando Villavicencio, tras la revisión documental se concluyó que “el señor presidente de la República no ha incurrido en el presunto delito de peculado establecido en el artículo 129 numeral 2 de la Constitución de la República del Ecuador”.

Y por lo tanto resuelve “no recomendar el juicio político del presidente constitucional del Ecuador en cumplimiento de las funciones establecidas en cumplimiento del artículo 129 de la Constitución de la República del Ecuador”.

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Los antecedentes

El 16 de marzo, 59 legisladores solicitaron enjuiciar políticamente a Lasso por tres razones; sin embargo, la Corte Constitucional solo dio paso a la de peculado. Quienes lo acusan aseguran que Lasso es responsable de “peculado por omisión”, al no haber intervenido a tiempo en el manejo de la Flota Petrolera Ecuatoriana (Flopec) tras la denuncia de que un contrato de asociación con navieras internacionales habría perjudicado al Estado.

Aunque el contrato fue firmado en la presidencia de Lenín Moreno, la acusación contra Lasso es por, supuestamente, haber desoído la advertencia que le hiciera al respecto el exgerente de Flopec, Jhonny Estupiñán.

Uno de los elementos que se presentaron como prueba fue un informe emitido por la Contraloría en noviembre de 2021, en donde se consigna un examen especial realizado a las operaciones de Flopec con navieras internacionales y brokers del extranjero para la contratación de buques bajo el esquema conocido como “fletamiento por tiempo” (en inglés time charter) que consiste en arrendar buques tanqueros para el transporte de petróleo y derivados, que no necesariamente forman parte de la flota propia de la Flopec.

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El asambleísta Fernando Villavicencio

Como explica el portal digital Plan V, el informe -que comprendió el periodo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020- analizó los montos que pagaba Flopec por el uso diario de buques tanque de gran tamaño, y encontró algunas irregularidades entre las tarifas del mercado y las que había pagado Flopec.

Además, analizó la firma de un adendo con una empresa off shore conocida como Amazonas Tanker, en el cual se regulaban las ganancias por el transporte de petróleo y el arrendamiento de barcos. Según la Contraloría, “una renegociación que había tenido lugar en ese año significó un perjuicio de por lo menos US$ 6,1 millones para el Estado, que es el propietario de la totalidad de las acciones de la Flopec”.

Pero en el informe borrador de la Comisión de Fiscalización se explica que “no se pudo establecer responsabilidad política por peculado sobre los supuestos perjuicios al Estado de parte del presidente Lasso, relacionado con el mencionado examen especial de la Contraloría General del Estado, por no existir celebración de nuevos contratos entre Flopec EP y Amazonas Tankers Pool en el periodo de gestión del presidente Lasso”.

De allí que “no se puede hablar de que la solicitud de juicio político en lo que respecta a las acusaciones admitidas por la Corte Constitucional tengan tal ‘coherencia narrativa descrita en el numeral 91, por no existir la suscripción de tal nuevo contrato”.

Lo que viene

Mañana, los nueve asambleístas de la comisión debatirán el informe para aprobarlo o rechazarlo. Si no hay consenso, en un plazo de dos días se debe enviar un informe detallado con las posturas de cada uno de los miembros para la consideración en el Pleno de la Asamblea. Después, el presidente del parlamento, Virgilio Saquicela, tendrá un plazo de cinco días para incluir el informe en el orden del día y someterlo al Pleno. Se necesitan 70 votos para aprobarlo.

Sin embargo, este documento no tiene el carácter de vinculante, por lo que la decisión final recaerá en el Pleno de la Asamblea Nacional, donde se requieren de al menos 92 votos para la censura y destitución del presidente.