Bloomberg Línea — Pese a que el Impuesto Redimible a las Botellas de Plástico fue creado en 2011, el gobierno de Guillermo Lasso tuvo que expedir un decreto-ley para crearlo de nuevo, pues el año pasado la Ley de Fomento Ambiental que lo mantenía vigente fue declarada inconstitucional y el impuesto solo regirá hasta diciembre de 2023.
Fue así como en agosto, Lasso presentó un decreto-ley (figura con la que gobierna desde que disolvió la Asamblea Nacional en mayo), para que fuera revisado por la Corte Constitucional, que el 18 de septiembre dio su concepto definitivo y lo aprobó por unanimidad, con nueve votos a favor.
El objeto del decreto-ley es “disminuir la contaminación ambiental y estimular el proceso de aprovechamiento de botellas de plástico de Polietileno Tereftalato (PET) no retornables post consumo e incentivar los procesos de reciclaje inclusivo en un entorno de fomento a la economía circular”, según el texto, que seguirá siendo administrado por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
La tarifa del Impuesto a Botellas Plásticas No Retornables en Ecuador
El cobro seguirá siendo de US$0,02 (dos centavos de dólar estadounidense), misma tarifa que será pagada únicamente a quien sea considerado reciclador, transformador, conforme lo disponga la certificación emitida en conjunto entre el ente rector de la producción y el ente rector en materia ambiental.
Los alcances del impuesto se extienden a “todas las sociedades y personas naturales que importen, produzcan o comercialicen botellas plásticas PET no retornables para envasado de bebidas en el territorio nacional o que importen bebidas envasadas en dichas botellas bajo el régimen de consumo, así como a las empresas embotelladoras de bebidas en dichas botellas y recicladoras transformadoras que se encarguen de procesar estos residuos, en todo el territorio nacional”.
🔵#BoletínCC | La Corte Constitucional emitió el Dictamen 5-23-UE/23, relativo al “Decreto-Ley de Urgencia Económica de Creación del Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas No Retornables”.
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) September 19, 2023
Accede al texto íntegro AQUÍ➡️ https://t.co/mf1a27XhEn pic.twitter.com/utgbn2RrZM
De este pago estarán exentas las empresas que hagan embotellamiento o importación bajo el régimen de consumo de productos lácteos y medicamentos en botellas de plástico PET no retornables.
A través de su cuenta en X (antes Twitter), el presidente Lasso dijo que “el anhelo de más de 20.000 recicladores del país y sus familias se hace realidad. Con esta decisión, no solo protegemos a uno de los grupos de atención prioritaria que depende de esta actividad, también contribuimos a disminuir la contaminación ambiental, y estimulamos procesos de reciclaje”.
¿Cómo se cobra el impuesto a las botellas plásticas?
El artículo 7 del decreto-ley dice que “por cada botella plástica PET no retornable gravada con este impuesto, se aplicará la tarifa de dos centavos de dólar de los Estados Unidos de América (US$0,02)”.
Asimismo, dispone que, para la liquidación del impuesto a pagar, “el contribuyente multiplicará el número de unidades embotelladas o importadas, por la tarifa”. En el caso de los embotelladores, estos declararán hasta el quinto día hábil del mes subsiguiente al que efectuaron las operaciones, y en el caso de los importadores, su liquidación se efectúa en la respectiva declaración de importación.