Bloomberg Línea — El gobierno de Ecuador ha establecido una serie de instrumentos de protección social para todos los ciudadanos, con especial atención en los grupos vulnerables.
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Ningún bono o pensión del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) se solicita o requiere de inscripción, puesto que los beneficiarios de los bonos y pensiones son identificados en la base de datos del Registro Social que administra la Unidad de Registro Social, y el MIES, como usuario de esta base, identifica a nuevos usuarios, a quienes realiza el proceso para notificarles sobre este apoyo económico para que se acerquen a cobrarlo a través de llamadas telefónicas.
Además, ingresando a la página web: www.inclusion.gob.ec puede verificar si son beneficiarios.
También puede consultar los puntos de pago habilitados a nivel nacional, ya sea en ventanillas de la banca pública, privada y las cooperativas autorizadas para su pago, así como a través de los corresponsales no bancarios. Otra fuente de información es el call center del MIES: 1800 002 002.
¿Qué tipos de bonos y pensiones entrega el MIES?
Bono de Desarrollo Humano:
Transferencia monetaria mensual de US$55 para cubrir vulnerabilidades relacionadas a la situación económica del núcleo familiar. Está dirigida al representante de las familias que viven en situación de pobreza y extrema pobreza según información de Registro Social vigente, que no accedan a seguridad social contributiva, a excepción de Seguro Social Campesino y Trabajo no Remunerado en el Hogar; de preferencia a la mujer jefa de hogar o cónyuge, o en aquella persona que tenga como responsabilidad las decisiones de compra y cuya edad esté comprendida entre los 18 y 64 años.
Bono de Desarrollo Humano con Componente Variable:
Transferencia mensual desde US$55 hasta US$150, dependiendo de la conformación del núcleo familiar. Este bono tiene por objeto mejorar los niveles de vida de los núcleos familiares (con hijos ecuatorianos menores de 18 años de edad), que no accedan a seguridad social contributiva, a excepción de Seguro Social Campesino y Trabajo no Remunerado en el Hogar; que se encuentran en situación de extrema pobreza según información de Registro Social vigente y está condicionado al cumplimiento de corresponsabilidades en temas de educación y salud. Representante del núcleo familiar de preferencia a la mujer jefa de hogar o cónyuge cuya edad esté comprendida entre los 18 y 64 años.
Bono 1.000 días:
Incentivo mensual de US$50 que incluye 3 pagos adicionales: US$90 con el nacimiento del bebé, US$120 con el primer año de vida y US$120 con el segundo año. Estos incentivos se reciben con los condicionales de asistencia a controles de salud e inscripción temprana en el Registro Civil.
¿Quiénes son beneficiarios?
• Para mujeres embarazadas, niñas y niños menores de 2 años en pobreza o pobreza extrema.
• Puede acceder si está embarazada y ha acudido a sus controles de embarazo en un Centro de Salud del MSP, o si tiene un niño menor de 45 días inscrito en el Registro Civil
• Si ya cuenta con cualquier otro bono o pensión del MIES, ya NO puede acceder a este bono.
Pensión para adultos mayores:
Consiste en una transferencia monetaria mensual de US$50 dirigida a las personas de 65 años en adelante, que no acceden a cobertura de la seguridad social contributiva, con el fin de cubrir carencias económicas y gastos que demandan las vulnerabilidades que se acentúan por la edad.
Pensión Mis Mejores Años:
Transferencia mensual de US$100 para cubrir carencias económicas y gastos que demandan las vulnerabilidades que se acentúan por la edad, que está dirigida a los adultos mayores de 65 años.
Pensión para Personas con Discapacidad:
Consiste en una transferencia monetaria mensual de US$50 dirigida a las personas con discapacidad igual o mayor a 40%, establecida por el Ministerio de Salud Pública, que no acceden a cobertura de la seguridad social contributiva y que no son titulares de derecho del Bono Joaquín Gallegos Lara, con el fin de cubrir carencias económicas y gastos que demandan la condición de discapacidad.
Bono Joaquín Gallegos Lara:
Es una transferencia monetaria condicionada de carácter mensual comprende la entrega de un monto mensual de US$240, dirigida a mejorar las condiciones de vida, atención y cuidado de personas con discapacidad física, intelectual y psicosocial grave, muy grave y completa, con enfermedades catastróficas-raras y, huérfanas y niños, niñas y adolescentes menores de 18 años viviendo con VIH-SIDA. El bono se entrega a la persona capaz de representarse por sí misma o a su cuidador.
Pensión Toda una Vida:
Transferencia mensual de US$100, que tiene como fin cubrir carencias económicas y gastos que incurren las personas que presentan un porcentaje de discapacidad mayor o igual al 40%, establecido por el Ministerio de Salud Pública.
Cobertura de contingencias:
Es una transferencia monetaria que se entrega a la persona o núcleo familiar en situación de extrema pobreza o pobreza, que presenten una calamidad que ponga en riesgo su sustento familiar, su vivienda actual o el normal desenvolvimiento de la vida familiar.
La transferencia se entrega por una sola ocasión en los siguientes casos:
- Calamidades provocadas por desastres naturales.
- Incendios.
- Atención Humanitaria por desaparición de personas niños, niñas y adolescentes que quedan en orfandad total a causa del fallecimiento de los padres.
- Gastos de Sepelio por el fallecimiento de la persona que es fuente de ingreso y sustento familiar.
- Gastos de Sepelio por fallecimiento de personas en accidentes de tránsito.
- Gastos de Sepelio por muertes violentas.
- Gastos de Sepelio por fallecimientos presentados en Hospitales del Ministerio de Salud Pública.
- Personas damnificadas por situaciones extremas de protección especial.
Bono de contingencias para personas afectadas por eventos de origen natural o antrópico:
Consiste en una transferencia monetaria equivalente al 50% de la canasta familiar vital publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)en el mes de la ocurrencia del evento, misma que se realizará a través de un solo pago y por una sola ocasión y con carácter emergente y excepcional.
¿Cuándo y dónde puedo cobrar el bono?
El cobro del bono se realiza según el último número de cédula en los puntos de pago autorizados más cercanos a sus domicilios como, por ejemplo, las tiendas del barrio: Banco del Barrio o Mi vecino.
Por ejemplo: si la cédula termina en 4 puede cobrarlo con su cédula los días: 4, 14 o 24 del mes.