Bloomberg Línea — El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina confirmó las sanciones a los grupos empresariales Familia y Kimberly por violar las condiciones de competencia en la región tras un proceso de investigación que comenzó tras una solicitud de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado de Ecuador.
En mayo de 2018 y noviembre de 2021, la Secretaría General de la Comunidad Andina ya había tomado la decisión de sancionar a Colombiana Kimberly Colpapel S.A., Productos Familia S.A., Productos Familia Sancela del Ecuador S.A. y Kimberly Clark del Ecuador S.A. Sin embargo, solo hasta el 19 de septiembre de 2024 confirmó las penalizaciones, al ratificar que este organismo sí tenía competencia para instruirlas.
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Lo que especificó el tribunal es que la sanción a ambos grupos empresariales es por “la fijación de precios y reparto de mercado de papeles suaves en el Ecuador”, y la razón por la que este tema le concierte a la Comunidad Andina es por su efecto transfronterizo.
“La conducta anticompetitiva se inició en Colombia y tuvo sus efectos reales en el mercado ecuatoriano”, detalló este organismo.
La sanción impuesta en el pasado por la Comunidad Andina fue superior a los US$18 millones para Colombiana Kimberly Colpapel S.A. y Kimberly Clark del Ecuador S.A y de casi US$17 millones para Productos Familia S.A. y Productos Familia Sancela del Ecuador S.A
“El resultado de este proceso representa un hito en la historia de la Comunidad Andina, en lo que respecta a la búsqueda del bienestar y la protección de los derechos de los consumidores de Bolivia, Colombia, Ecuador y el Perú, en pleno respeto a las competencias supranacionales establecidas en el Acuerdo de Cartagena y la normativa andina vigente”, celebró el organismo mediante un comunicado.
¿Cómo fue el proceso de cartelización?
La resolución n°. 2236 de la Comunidad Andina estableció que la “cartelización” en el mercado de los papeles suaves comenzó en 2001 en Colombia, donde directivos de la subregión andina de Kimberly Clark Corporation, a través de una política de incentivos, “fomentó a los directores subregionales a ordenar la realización de las prácticas colusivas en otros países de la subregión”.
La orden de dichas prácticas se habría hecho mediante un intercambio de correos enviados desde Colombia, pero habrían tenido impacto en Ecuador, debido a que las conversaciones “se adelantaron entre altos directivos con capacidad de decisión e influencia a nivel regional”.
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En la resolución se lee que en los correos también hubo evidencia de la fijación de precios con el grupo empresarial Familia, a la que se llegó mediante canales institucionales.
“En los mismos correos se confirma que se estaban realizando coordinaciones de precios entre Productos Familia y CKC en los canales de consumo e institucional y que la idea era tener comunicaciones internas para que los competidores no percibieran descoordinación al interior de la compañía”, consigna el documento.