Bloomberg Línea — Los extranjeros pueden acceder a diferentes visas que les permiten ingresar a Colombia de manera regular y con ciertos beneficios que facilitan su estadía dentro del territorio.
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Una de ellos es la visa de residente (Tipo R), que aplica para aquellos ciudadanos que deseen establecer su domicilio en Colombia de forma permanente, explica el Ministerio de Relaciones Exteriores.
La visa tipo R otorga permiso abierto de trabajo y permite a su titular principal realizar cualquier actividad lícita en el territorio nacional, sin perjuicio del cumplimiento de las normas previstas para el ejercicio de una profesión o actividad regulada, explica la cancillería colombiana.
Este visado tiene una vigencia de cinco años, pero se perderá automáticamente cuando el titular se ausente del territorio nacional por dos años consecutivos ininterrumpidos.
La visa de Residente Permanente (R) aplica en los casos siguientes:
- De conformidad con la Ley 43 de 1993, cuando el extranjero que habiendo sido colombiano por adopción o por nacimiento, haya renunciado a la nacionalidad colombiana.
- Cuando haya sido titular de una de la visa de Migrante (M) durante un tiempo mínimo de cinco años continuos e ininterrumpidos:
- Cuando haya sido titular de la Visa de Migrante como cónyuge nacional colombiano durante un tiempo mínimo de dos años continuos e ininterrumpidos.
- Cuando haya sido titular de la Visa de Migrante Mercosur durante un tiempo mínimo de dos años continuos e ininterrumpidos.
- Cuando el extranjero mayor de edad haya sido beneficiario de visa R por lo menos durante un término de cinco años continuos e ininterrumpidos.
- Cuando en su condición de inversionista haya registrada inversión extranjera ante el Banco de la República en monto superior a 650 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
¿Cuántos tipos de visa R existen?
Existen los siguientes tipos de visa R, que tienen sus propias características y requisitos:
- Por Renuncia a nacionalidad: Para extranjeros que, habiendo sido colombianos por nacimiento o por adopción, renunciaron a la nacionalidad colombiana.
- Por tiempo acumulado de permanencia en Colombia: Para el extranjero que ha permanecido en el territorio nacional como titular de las visas M vigentes, acumulando tiempos de 2 a 5 años, según sea el caso.
- Por aplicación del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos: Es aplicable a los venezolanos que residen en Colombia y han tramitado su estatus regular a través del Permiso Especial de Permanencia (PEP) y ahora con el Permiso por Protección Temporal (PPT) otorgado por el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV).
- Especial de Paz: Al extranjero exmiembro de la FARC-EP, que haya surtido el proceso de dejación de armas, se haya sometido al Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, y haya hecho tránsito a la legalidad.
¿Dónde se hace el trámite para la visa R?
El trámite puede hacerse en línea a través del siguiente enlace: www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visa
Para tramitar la visa tipo R, el postulante paga el estudio de la visa, que tiene un valor de US$52, que se pagan en pesos colombianos, según el cambio del día.
Una vez la visa sea aprobada se paga el costo de la misma que son US$391 y estos pagos pueden hacerse por medio de: PSE, Servibanca, Banco GNB Sudameris, pago en consulados o pagos de tarjeta de crédito.
Requisitos generales para la visa R
Los requisitos para la visa tipo R son los siguientes:
- Copia de las visas y salvoconductos de los que ha sido titular durante el tiempo de permanencia en el territorio colombiano.
- Certificado de movimientos migratorios expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.
- Documento que certifique ocupación y/o fuente de ingresos.
- Documento que certifique o acredite que las circunstancias o condiciones que dieron lugar al otorgamiento de la última visa aún permanecen.
- Contar con un pasaporte en buen estado y con espacio libre para visados.
- Llenar el formulario electrónico de solicitud de visa.
- Una fotografía 3x4 cms fondo blanco en formato JPG, con un peso máximo de 300 KB. Reciente, de frente, sin accesorios y el rostro despejado.