Superindustria formuló pliego de cargos contra Visa y Mastercard: las razones

La Superintendencia de Industria y Comercio busca establecer si las franquicias de Visa y Mastercard desarrollaron una estrategia orientada a obstaculizar la actividad de los agentes agregadores de pagos

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Bogotá — La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) formuló pliego de cargos contra Visa y Mastercard para determinar si habrían implementado estrategias orientadas a obstaculizar la participación de los agregadores de pagos en el mercado, quienes facilitan a los consumidores colombianos acceder a productos y servicios de comercios extranjeros, al permitir realizar el pago en pesos colombianos y elegir el número de cuotas al que quieren diferir su pago.

Además, es un modelo de negocio menos costoso para los consumidores al compararlo con el que sería ofrecido con la intervención de Visa y Mastercard.

De acuerdo con la SIC, la estrategia de Visa y Mastercard habría consistido en dos actuaciones: crear un programa propio para reemplazar el modelo de negocio empleado por los agregadores de pagos, el cual les habría generado mayores costos, lo que, en consecuencia, habría comprometido su permanencia en el mercado.

Y la segunda, el envío de una serie de comunicaciones a distintos bancos con el presunto propósito de impedir que mantuvieran relaciones comerciales con los agregadores de pagos que no se acogieran a sus programas.

Como los bancos serían aliados indispensables para los agregadores de pagos, las comunicaciones que enviaron Visa y Mastercard habrían sido idóneas para impedir que los agregadores continuaran en el mercado.

Lo que habría generado estos efectos en el mercado: efectos obstaculizadores, pues sus programas imponían condiciones que limitarían las operaciones de los agregadores de pagos. También habrían desalentado el uso de modelos alternativos en el comercio electrónico, lo cual afectaría el bienestar de los consumidores; efectos explotativos dirigidos a capturar las ganancias obtenidas por el modelo utilizado por los agregadores y trasladarlas hacia los programas controlados por las franquicias; y efectos exclusorios consistentes en desincentivar el mantenimiento de las relaciones comerciales entre los bancos y los agregadores de pagos. También, encarecer el funcionamiento del modelo de negocio de los agregadores de pago.

De ser comprobadas las conductas, la Superindustria podrá imponer multas hasta de 100.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, equivalentes a $116.000 millones por cada infracción; y a las personas naturales que hubieran colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado las conductas anticompetitivas, hasta de 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, equivalentes a $2.320 millones.

Contra esta decisión no procede ningún recurso.

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