Reforma pensional: principales cambios con los que llega a primer debate en Congreso

El texto que llegará a su primer “round” en el Congreso trae varios ajustes e incluye 4 artículos nuevos, tal como lo adelantó Bloomberg Línea

Reforma pensional: principales cambios con los que llega a primer debate en Congreso
30 de mayo, 2023 | 08:48 PM

Bogotá — Luego de un poco más de dos meses de haberse radicado ante el Congreso la propuesta de reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro, este martes se radicó el informe de ponencia con el que se hará el primer debate de la reforma en el Congreso. El texto llega con varios cambios y cuatro artículos nuevos, tal como lo adelantó Bloomberg Línea.

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Principales cambios a la reforma pensional de Petro en el Congreso

Entre los principales ajustes que se incluyeron está la reducción en la edad requisito para que las mujeres accedan al beneficio del pilar solidario que busca apoyar a los adultos mayores en pobreza extrema o vulnerabilidad que no logran pensión. Antes, en la propuesta del Gobierno, entre los requisitos estaba tener 65 años sin importar si eran mujeres o hombres, pero ahora se propone reducirlo para las mujeres y quedaría de 60 años.

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Lo anterior solucionaría una de las críticas que se le hicieron a la propuesta porque era inequitativa para las mujeres dado que estas debían esperar 8 años después de la edad de pensión (57 años) para acceder al pilar solidario, mientras que los hombres solo debían esperar 3 años dado que su edad de pensión es de 62 años.

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También se agregó un apartado que dice que los pertenecientes a los pueblos indígenas que estén en el censo registrado en el Mininterior serán beneficiarios del pilar solidario. Además, indica que los requisitos para acceder a este los reglamentará el Gobierno en concertación con las comunidades.

En el pilar semicontributivo también se redujo la edad requisito para mujeres, siendo esta de 60 años y para los hombres se mantiene como en la propuesta inicial (65 años). También se ajustó el requisito de semanas cotizadas a pensión, ya no serán entre 150 y menos de 1.000, sino entre 300 y menos de 1.000.

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Cabe recordar que el pilar semicontributivo cobija a las personas que cotizaron algunas semanas a pensión, pero que no cumplen los requisitos para jubilarse como la edad o el total de semanas cotizadas que para Colpensiones es de 1.300 y en los fondos privados es de 1.150. En este pilar se garantizará una renta vitalicia con un subsidio del 20%.

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Otro de los cambios es que en el artículo 11, que trata de la naturaleza de los recursos del sistema de pensión, queda explícito que los recursos pensionales no irán a gastos corrientes.

El texto que se agregó en el artículo en mención dice: “se prohibe el uso o apropiación de estos recursos, incluidos sus rendimientos, en las cuentas de ingresos corrientes en el marco del ciclo presupuestal de la Nación. Esto es para garantizar el pago de una mesada pensional (...) En ningún caso los aportes, cotizaciones de los afiliados y los rendimientos financieros podrán ser usados para la financiación de planes de gobierno, pago de deuda pública o privada (...)”.

También hubo cambios en los aportes obligatorios que se deben hacer al fondo de solidaridad pensional, según los salarios sobre los cuales se cotiza. Para los que coticen entre 4 y 7 salarios mínimos, además de la contribución obligatoria del 16% a pensión (donde el 75% está a cargo del empleador y el 25% del trabajador), tendrán a su cargo un aporte adicional de 1% para el fondo de solidaridad que busca tener recursos para apoyar a los que no logran pensión.

Para los que coticen más de 7 salarios mínimos, pero menos de 16, el aporte extra será del 2,5% de su ingreso base de cotización. Aquellos que coticen entre 16 y 17 mínimos el aporte extra será del 2,7% y quienes coticen por encima de 18 mínimos, el aporte adicional será del 3%.

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En el artículo 24 que crea el fondo que permite que Colpensiones invierta, uno de los que más revuelo generó cuando se presentó la propuesta inicial del Gobierno, se cambió la redacción para generar mayor certidumbre sobre qué pasará con los recursos extra que tendrá Colpensiones con la reforma pensional.

Además, en el artículo 24 antes decía que habría desacumulación de recursos (uso de estos) cuando la transferencia de la Nación a Colpensiones pasara el 1,2% del PIB, lo cual llevaría a ahorrar muy poco. En la nueva redacción quedó explícito que se van a desacumular recursos de ese fondo para pagar las nuevas pensiones que asumirá Colpensiones con la reforma. También se fortalece la goberanza del fondo.