Bogotá — Colombia tiene en riesgo US$10.000 millones por una demanda presentada por la estadounidense Sea Search Armada que acusa al país de violar el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos al impedir el rescate del Galeón San José.
Bloomberg Línea conoció el documento de la demanda sobre el naufragio de la embarcación en 1708 y los intereses de la firma estadounidense en el tesoro.
La disputa
A principios de los años ochenta, la predecesora de SSA, Glocca Morra Company Inc. (“GMC Inc.”), respaldada por ciudadanos predominantemente estadounidenses, solicitó y obtuvo autorización de Colombia para buscar e informar de cualquier descubrimiento en aguas colombianas del naufragio de un galeón de 300 años de antigüedad, el San José, que se estimaba que transportaba más de US$20.000 millones (en valor actual) en tesoros.
GMC Inc. cedió posteriormente sus derechos a Glocca Morra Company Posteriormente cedió sus derechos a la empresa Glocca Morra que, tras una minuciosa investigación y numerosas búsquedas e inmersiones submarinas con la tecnología más avanzada de la época, halló un gran pecio correspondiente al San José e informó de su hallazgo a las autoridades colombianas. Más tarde, Colombia reconoció a GMC como legítimo “reclamante” de su descubrimiento.
Según la legislación colombiana, el descubridor de un tesoro tiene derecho al 50% de su producto y al acceso preferente a un contrato de salvamento. GMC y las autoridades colombianas empezaron a negociar un contrato de salvamento sobre esta base, pero las conversaciones se estancaron.
Durante las dos décadas siguientes, GMC y luego SSA (que adquirió los derechos sobre el tesoro en 2008) litigaron en tribunales colombianos y extranjeros para hacer valer sus derechos.
Sus esfuerzos fructificaron cuando, en 2007, la Corte Suprema de Justicia de Colombia confirmó las conclusiones de los tribunales inferiores de que SSA tenía derechos sobre el 50% del tesoro que había descubierto y denunciado.
Aunque la Corte Suprema señaló que ningún elemento del “patrimonio cultural” constituiría un “tesoro”, Colombia nunca había designado el pecio del San José como “patrimonio cultural”. Además, los tribunales colombianos impusieron un embargo a Colombia, impidiéndole tomar medidas para adquirir el descubrimiento de SSA sin la participación o aprobación de SSA.
A pesar de las decisiones de sus tribunales, Colombia se negó a reconocer los derechos de SSA. En su lugar, incumpliendo las órdenes de embargo del tribunal, Colombia intentó poner en duda la localización del San José por parte de GMC y afirmó que había encontrado el pecio en coordenadas diferentes a las comunicadas por GMC.
En cualquier caso, los tribunales colombianos habían reconocido los derechos de SSA al tesoro no sólo en las coordenadas específicas que GMC había reportado, sino también en las inmediaciones y los alrededores de su hallazgo.
Ante la perspectiva de tener que reconocer los derechos de SSA sobre los ingresos del San José, Colombia optó por expropiar al por mayor los derechos de SSA. El 23 de enero de 2020, el Ministerio de Cultura emitió la Resolución n.º 0085, declarando que la totalidad del San José no era un tesoro, sino un “Bien de Interés Cultural de la Nación” y, por tanto, exento de la sentencia de la Corte Suprema.
Así, de la noche a la mañana, SSA perdió los derechos sobre el 50% de su descubrimiento, o aproximadamente US$10.000 millones cuyo valor ha sido captado en su totalidad por el Estado colombiano.
Asegura la demandante que las acciones de Colombia violan sus obligaciones bajo el TPA. Además, dice que la expropiación por parte de Colombia de los derechos de SSA es ilegal, ya que Colombia no ha compensado a SSA por la privación de su inversión.
Las acciones de Colombia también violan sus obligaciones de otorgar un trato justo y equitativo, protección y seguridad plenas, trato nacional y estatus de nación más favorecida.
La Resolución No. 0085 contravino la expectativa legítima de SSA de que su derecho al 50% del descubrimiento sería reconocido y mantenido.
El repentino cambio de posición de Colombia también constituye una conducta arbitraria e irrazonable, en violación de sus obligaciones en virtud del APC y del derecho internacional consuetudinario.
El 30 de noviembre de 2022, el abogado de la SSA se reunió con la Agencia Jurídica para discutir “pero entonces se produjo una resolución y, en consecuencia, el demandante presenta esta Notificación de Arbitraje y Escrito de Demanda para iniciar procedimiento arbitral contra Colombia”, eso ocurrido en 19 de diciembre de 2022, que es lo que ahora se revela.
Y SSA advierte que las partes han dado su consentimiento al arbitraje de conformidad con el Reglamento Cnudmi (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional).
Sumario del CLAIM
Colombia es responsable, entre otras cosas, de: (A) la expropiación ilícita de la inversión de la Ddmandante en Colombia en violación del Artículo 10.7 (Expropiación y
Compensación) de la TPA;
(B) no otorgar a la SSA un trato justo y equitativo y no proporcionar protección y seguridad totales en violación del Artículo 10.5 (Estándar mínimo de Tratamiento) de la TPA; y
(C) incumplir su obligación de trato no menos favorable que a sus propios inversionistas conforme al Artículo 10.3 (Trato Nacional) y a los inversionistas de cualquier otra nación bajo el Artículo 10.4 (Trato de Nación Más Favorecida).
“La demandante se reserva el derecho de complementar sus reclamos mientras continúa investigando el alcance de las malas acciones de Colombia”.