Qué es la mesada 14, quién la quitó y por qué se pagará a pensionados de las FF.MM

El Ministerio de Defensa señaló que a partir de ahora, “se seguirán llevando a cabo todas las gestiones necesarias para realizar el mencionado pago prontamente a los cerca de 14.000 veteranos”

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Bogotá — El ministro de Defensa colombiano, Iván Velásquez, confirmó este miércoles que el Consejo de Estado notificó la revocatoria de la medida cautelar que suspendió el pago de la mesada 14 a los veteranos de las Fuerzas Armadas, que en días pasados se habían manifestado para reclamar este derecho.

El Consejo de Estado revocó a través del Auto del 11 de julio de 2023 la medida cautelar decretada en 2011 y con ello los jubilados de la Fuerza Pública accederán al pago de la mesada 14.

“Desde que fue dada a conocer la medida cautelar, este Ministerio defendió ante el Consejo de Estado los intereses de los beneficiarios, en los términos procesales correspondientes, y hoy celebramos la revocatoria”, indicó la cartera de Defensa en un comunicado.

Explicó que a partir de ahora, “se seguirán llevando a cabo todas las gestiones necesarias para realizar el mencionado pago prontamente a los cerca de 14.000 veteranos”.

Aclaró que no hay lugar a pago retroactivo, por cuanto en años anteriores este se venía realizando.

“Reafirmamos que el régimen especial de la Fuerza Pública debe gozar de la protección constitucional consagrada en el artículo 220 de la Constitución Nacional”, apuntó el Ministerio.

¿Qué es la mesada 14 en Colombia?

La mesada 14 es el pago adicional que recibían los civiles y miembros de la fuerza pública pensionados bajo el soporte el Decreto 4433 de 2004.

Este pago beneficiaba a oficiales, suboficiales y soldados de las Fuerzas Militares, miembros del Nivel Ejecutivo y Agentes de la Policía Nacional en retiro o pensión.

Dicho decreto estableció una mesada adicional equivalente a la totalidad de la asignación o pensión mensual.

¿Cuándo fue eliminada la mesada 14?

Estos beneficios fueron eliminados, salvo algunas excepciones, a raíz de un proyecto de acto legislativo que se llevó a cabo durante el Gobierno del presidente Álvaro Uribe (2002-2010).

Con el Decreto Nacional 2576 de 2005 se estableció que “las personas cuyo derecho a la pensión se cause a partir de la vigencia del presente Acto Legislativo no podrán recibir más de trece mesadas pensionales al año. Se entiende que la pensión se causa cuando se cumplen todos los requisitos para acceder a ella, aun cuando no se hubiese efectuado el reconocimiento”.

¿Qué excepciones se contemplaron para la mesada 14?

Las excepciones definidas para la mesada 14 son haberse pensionado antes del 25 de julio de 2005 y que la pensión no exceda los quince salarios mínimos mensuales vigentes.

Asimismo, se benefician aquellos que obtuvieron su pensión entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, pero cuya jubilación sea igual o inferior a tres salarios mínimos.

Pero un acto legislativo en 2015 suprimió el beneficio para aquellos pensionados a partir del 31 de julio de 2011.

El Consejo de Estado había ratificado la suspensión de la mesada 14 en 2021 y lo ratificó en julio de 2022.

Ante esta situación, los militares retirados protestaron para el restablecimiento de la mesada 14 en ciudades como Bogotá.

“Algunos exmilitares retirados protestan contra nosotros porque nos endilgan la anulación de la mesada 14 que fue en realidad hecha por Uribe. Y no saben que nosotros solicitamos su restitución al Consejo de Estado y que lo logramos”, respondió Petro en su momento.

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