Qué es el RUI y cómo afectará a los subsidios de Renta Ciudadana y Renta Joven

El Gobierno de Colombia, a través del Departamento Nacional de Planeación (DNP), está avanzando hacia la consolidación del Registro Universal de Ingresos (RUI)

RUI de Colombia
22 de febrero, 2024 | 01:49 PM

Bloomberg Línea — El Departamento Nacional de Planeación (DNP) incluyó en la Ley 2294 de 2023 un artículo denominado Registro Universal de Ingresos (RUI), que será utilizado “con el propósito de determinar la focalización de los subsidios, programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social”.

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El RUI será el registro administrativo que clasifique a toda la población con documento válido en territorio colombiano, a partir de la estimación de los ingresos provenientes de la información de fuentes primarias que hagan parte del Registro Social de Hogares (RSH) y/o de la información autodeclarada.

Por lo que el Registro Universal de Ingresos vendrá a reemplazar el sistema de asignación de estrato social relacionado con la ubicación y caracterización de su vivienda.

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El proyecto del RUI está a cargo de la Subdirección General y Prospectiva y Desarrollo Nacional del DNP, dependencia que ha destacado que las falencias generadas por el sistema de estratificación actual no permiten tener una radiografía completa, veraz y confiable de la capacidad económica de las personas.

A principios de febrero, Horacio Coral, director de Desarrollo Social del Departamento Nacional de Planeación (DNP), anunció durante el Cuarto Seminario de Acueducto y Alcantarillado de Andesco, que con el RUI se focalizará mejor a la población y será más efectivo el gasto social, incluyendo subsidios a servicios públicos domiciliarios.

En su intervención, el funcionario dijo que este año iniciarán los pilotos del RUI en Bogotá, Cali, Medellín y Barranquilla, para probar la efectividad del Registro Universal de Ingresos para asignar subsidios y determinar aportes en servicios públicos domiciliarios.

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¿Qué pasará con los subsidios?

La directora saliente de Prosperidad Social, Laura Sarabia, dijo a El Tiempo, que Renta Joven y Colombia Mayor, no se encuentran en riesgo aunque se implemente el RUI, puesto que el Estado ya habilitó 10 billones de pesos para apoyar a personas vulnerables y en pobreza extrema durante 2024.

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“La idea es poder encontrar nuevas personas que hoy no han podido ser localizadas porque en sus territorios no tienen Sisbén. (…) Queremos llegar a quienes hoy no se encuentran identificadas por el Estado para brindarles toda la oferta institucional”, le dijo Sarabia al medio.

El decreto de ley establece que el RUI será neutral frente a la oferta social y no afectará el ingreso, permanencia y/o salida de ellos, debido a que esa atribución es competencia de las entidades que administren o ejecuten los diferentes programas sociales de acuerdo con la normativa vigente y aplicable, teniendo en cuenta su población objetivo, alcance y financiación.

Para la definición de los criterios de entrada y salida, las entidades que administren o ejecuten los diferentes programas sociales deberán emplear la clasificación del RUI como criterio de focalización de la oferta social en lo relacionado con la identificación de la pobreza y vulnerabilidad de los hogares.

Las entidades podrán establecer criterios adicionales, pero no excluyentes, conforme el objetivo y alcance del respectivo programa y su capacidad presupuestal.

Las entidades públicas y los particulares que ejerzan funciones públicas transitarán al RUI como único instrumento de focalización de los subsidios, programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social, cumpliendo una serie de acciones:

  • Hacer un análisis del impacto del cambio hacia la clasificación del RUI en la población potencialmente beneficiaria de los programas.
  • Identificar a las poblaciones que serían objeto de la aplicación de la transición, y de los criterios de ingreso, permanencia y egreso con los cuales se define la transición
  • Definir los mecanismos y plazos para la adopción del RUI
  • Definir los puntos de corte de acceso a los programas, según las características y normativa aplicable a cada programa o subsidio.