Presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa, pierde tutela para tumbar investigación del CNE

Roa fue el gerente de la campaña presidencial de Gustavo Petro, a la que el CNE abrió un indagación el pasado ocho de octubre

Ricardo Roa, presidente ejecutivo de Ecopetrol SA, habla durante una entrevista en la sede de la empresa en Bogotá, Colombia, el martes 7 de mayo de 2024. Fotógrafo: Santiago Mesa/Bloomberg
22 de octubre, 2024 | 02:23 PM

Bloomberg Línea — El presidente de Ecopetrol (ECOPETL), Ricardo Roa, perdió una tutela con la que buscó frenar la investigación que el Consejo Nacional Electoral (CNE) abrió contra la campaña del presidente Gustavo Petro, de la cual fue gerente, por presunta vulneración en los topes de financiamiento.

Roa solicitó el “archivo de la indagación por varias razones de orden jurídicas que se formularon en el documento, entre las que se encuentran yerros a nivel procesal que no permiten continuar con el trámite”. Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá denegó la acción de tutela, conceptuando que “no es el medio idóneo para lograr el archivo de la aludida investigación”.

La magistrada ponente, Martha Isabel García Serrano, consideró que la tutela no tiene cabida debido a que, hasta el momento, Roa no ha agotado el conducto regular y tampoco ha controvertido al CNE.

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Si Roa no ha controvertido al CNE es porque este último no lo ha notificado formalmente de la resolución 05175 del 8 de octubre de 2024, es decir, la decisión la apertura de investigación y formulación de cargos contra la campaña presidencial de Petro.

“La tutela únicamente procede cuando el afectado no cuente con otro mecanismo de defensa judicial ordinario o si, aún existiendo, se utilice como mecanismo transitorio para prevenir un perjuicio irremediable”, dice el fallo.

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Contario a lo que Roa planteó en la tutela, el tribunal desvirtuó que con la indagación anunciada por el CNE se le hubiesen violado sus derechos fundamentales, entre ellos, a la administración de justicia y al debido proceso.

“Desvirtuada queda la existencia de un perjuicio irremediable que pudiera ameritar un pronunciamiento en sede de tutela, además, no es posible extraer del expediente elementos de juicio de los cuales se infiera el daño inminente, palmario y trascendente que serviría de estribo para conceder la tutela como mecanismo transitorio, conforme permite el artículo 8º del Decreto 2591 de 1991, en otras palabras, brilla por su ausencia la prueba del perjuicio irremediable que aduce el promotor del amparo”, agrega.

De comprobarse el presunto exceso en los topes de financiamiento en la campaña de Gustavo Petro, Roa podría recibir una sanción administrativa del CNE y, además, llegar a ser investigado penalmente.

Ahora bien, a falta de que el CNE reúna las pruebas de la supuesta “vulneración al régimen de financiación” en la campaña presidencial, la junta directiva de Ecopetrol respaldó su continuidad en el cargo.

En cuanto al presidente Petro, solo podrá ser sancionado administrativamente, como explicó el Consejo de Estado hace una semanas.

“El CNE tiene la facultad de imponer las sanciones administrativas a las que haya lugar contra el ganador de la campaña a la Presidencia, en caso de comprobar irregularidades previstas en la ley, excepto la de una eventual pérdida del cargo. En ese caso, la competencia recae exclusivamente en el Congreso de la República, conforme lo exigen los juicios por indignidad política”.

El presunto exceso en los topes de campaña

La campaña de Petro habría omitido el reporte de aportes, préstamos, pagos, gastos e ingresos en la primera vuelta presidencial, por COP$3.709 millones, y en la segunda vuelta por COP$1.646 millones, es decir, más de COP$5.300 millones.

A ello se suma, la investigación por presunta financiación prohibida, al recibir aportes de las personas jurídicas Fecode y Unión Sindical Obrera (USO), hecho que también deberá comprobar al CNE.