¿Por qué la reducción de semanas para pensión en mujeres no es tan buena idea?

Las mujeres ya no deberán cotizar 1.300 semanas en Colpensiones para pensionarse. Ese requisito se irá reduciendo gradualmente hasta 1.000, ¿qué implica?

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Las mujeres podrán cotizar menos tiempo que los hombres para obtener una pensión de vejez en Colpensiones, luego de que la Corte Constitucional de Colombia tomara una decisión al respecto esta semana.

Aunque esta medida se tomó en pro de la equidad de género, lo cierto es que podría tener efectos negativos sobre las mujeres.

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“Esto va en detrimento de la probabilidad de pensión que puedan tener las mujeres”, resaltó Martha Susana Jaimes, investigadora del Institute for Women’s Policy Research, experta en temas pensionales.

Jaimes agregó que bajar el número de semanas de cotización de las mujeres y tener una edad de pensión menor a la de hombres no tiene en cuenta que hay una necesidad de capital acumulado, que está en función de los ingresos que tienen las mujeres a lo largo de la vida laboral, el cual en promedio es inferior al de los hombres en 11%. Es decir que por cada $100 que un hombre recibe, la mujer recibe $89 en promedio.

Lo anterior quiere decir, en palabras de la experta, que con la decisión de la Corte las mujeres tendrán que ahorrar más plata que los hombres para poder tener el capital necesario para pensionarse y, lo peor del asunto, es que deben hacerlo en menos tiempo. A esto se suma otra problemática, que las mujeres tienen mayor expectativa de vida que los hombres. Es decir, la plata que logren para su pensión, la recibirán antes que los hombres, pero la usarán durante mucho más tiempo.

Para poner en contexto lo mencionado hasta ahora, cabe recordar que en Colombia el requisito para pensionarse en Colpensiones (régimen de prima media) es cumplir con mínimo 1.300 semanas de cotización y tener 57 años si es mujer o 62 años si es hombre.

Según la Corte, si el Legislativo no lo reglamenta antes, las mujeres ya no tendrán que cotizar mínimo 1.300 semanas en Colpensiones, sino 1.000 semanas, cifra a la que se llegaría gradualmente en alrededor de 10 años desde 2026. En palabras sencillas, las mujeres ya no tendrían que cotizar en promedio 25 años a pensión, sino aproximadamente 20 años, pero la edad de pensión se mantiene en 57 años.

Pese a lo expuesto, otros expertos consideran que aunque la decisión de la Corte Constitucional no fue acertada, el sentido de la misma sí lo fue.

“Existen principios como la dignidad e igualdad que no se ven reflejados en el sistema actual de pensiones que es discriminatorio y por lo tanto hay que actuar. Lo que no creo que sea buena idea es la medida específica que debe tomar el Congreso, por los problemas de competencia entre regímenes porque en caso de que la reforma pensional se caiga, la Corte estaría tomando partido a favor de Colpensiones para hacer que las mujeres coticen en este sistema creando problemas de sostenibilidad en el régimen público”, comentó Kevin Hartmann, experto pensional y estudiante de doctorado de UCLouvain.

La importancia de mejorar el mercado laboral

Desde la visión de Germán Machado, docente de economía de la Universidad de los Andes y el CESA, aunque la “reducción de semanas sí va a aumentar la cobertura pensional en las mujeres porque se están disminuyendo los requisitos en el régimen de prima media”, el efecto no es significativo.

“En promedio, las mujeres que logran tener empleo formal sostenido a lo largo de su vida (que, de por sí, son una minoría), alcanzan alrededor de 750 semanas, por lo cual, la modificación que plantea la Corte, aunque es un buen paso para reconocer las brechas del mercado laboral y las labores de cuidado, no es suficiente para resolver los problemas estructurales de fondo. El punto de fondo tienen mucho más que ver con aumentar la participación femenina en el mercado laboral y reducir el desempleo de las mujeres jovenes”, añadió Machado.

Para Hartmann, la decisión de la Corte sí solucionaría parcialmente el acceso de las mujeres a pensión. Si las mujeres deben cotizar 300 semanas (alrededor de 5 años) menos que los hombres, “es probable que sí solucione problemas de acceso y ayude de cierta manera a reducir la brecha de género en esa materia. Pero no es la única manera, la manera más eficaz para hacerlo es ubicar el problema en donde está y es la discriminación que existe en el mercado del trabajo para que ellas puedan acceder a un trabajo formal durante un tiempo relativamente largo o sufciente para hacer cotizaciones”.

No obstante, para la experta Jaimes, la decisión de la Corte no soluciona los problemas de acceso a pensión de las mujeres, ni ayuda a cerrar la brecha de género en esta materia “porque no está teniendo en consideración un ajuste actuarial de acuerdo con el menor periodo de cotización y el mayor periodo de recibo de beneficios”.

“¿De qué se trata el ajuste actuarial? De cuánto tiempo necesita usted recibir la pensión. Ya le estamos bajando 5 años respecto un hombre por la edad de pensión y le estamos adicionando en promedio otros 3 años por mayor expectativa de vida. Usted va a necesitar 8 años en promedio más de pensión (...) Eso quiere decir que la mujer tiene que ahorrar más, con mayores restricciones, mayor discriminación en el mercado laboral, mayores interrupciones por cargas de cuidado, mayor tasa de desempleo, entre otros”, agregó la experta.

¿Se debe modificar la reforma pensional?

Aunque esta reforma iba a tener su primer debate este miércoles, la sesión se levantó porque no hubo quorum, dejando los tiempos más estrechos para su discusión en el Congreso. Aunque se espera que se citen a sesiones extra después del 15 de junio, vale decir que si la discusión no se hace en esta legislatura, el proyecto de ley tendría que volver a ser presentado.

Para Carlos Prieto, profesor de Facultad de Ciencias Jurídicas de la Javeriana y asesor jurídico del viceministerio de Empleo y Pensiones, del Ministerio del Trabajo, “esta sentencia hace que se tenga que replantear íntegramente la reforma pensional. El proyecto plantea hacer una reforma estructural, pero partía del hecho de mantener los parámetros, es decir, mínimo 1.300 semanas y las edades. Entonces, todos los cálculos y proyecciones financieras que se habían hecho en torno a la financiación de pensiones contributivas tienen que hacerse nuevamente en función del género”.

Por su parte Machado comentó que la reciente sentencia de la Corte debería ser tenida en cuenta de una vez para ajustar la propuesta de la reforma pensional. “Sería ideal que esta misma reforma tenga ya incorporados los ajustes, armonizados con esta nueva decisión jurídica, con el fin de facilitar la revisión de la Corte y evitar mayores trámites posteriores, que implicarían presentar posteriormente otro proyecto pensional en el Congreso”.

No obstante, para la experta Martha Susana Jaimes, la pensional lo que debería hacer es igual la edad de pensión entre mujeres y hombres, para reducir las inequidades del sistema pensional. “Deberíamos hacer lo que hizo EE.UU. que fue igualarlas hacia abajo y crear un rango de edades posibles de pensión con ajustes actuariales”. Es decir, según la experta, la edad de pensión de los hombres debería bajar a 57 años como la de las mujeres, pero luego subir ambas gradualmente.