Personas que deben declarar renta en la semana del 20 al 23 de agosto de 2024

Desde el pasado 12 de agosto arrancaron los plazos para declarar y pagar renta en Colombia, vigencias que se extenderán, de acuerdo con el número de identificación, hasta octubre de 2024. Esta semana deben declarar:

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Bogotá — Esta semana continúan los plazos para pagar y declarar renta en Colombia, una obligación que deben cumplir quienes, entre otras razones, tengan un patrimonio bruto al término de 2023 igual o superior a COP$190.854.000.

Ver más: Declaración renta 2024: lo que se deduce por cada hijo y cuántos se pueden incluir

Teniendo en cuenta el calendario tributario de la Dian, que determina que las personas naturales deberán declarar renta entre el 12 de agosto y el 24 de octubre, con base en los dos últimos números del NIT o número de identificación del declarante, consignados en el Registro Único Tributario (RUT), entre este martes 20 de agosto y el viernes 23 de agosto les corresponde a:

  • 20 de agosto: 11 y 12.
  • 21 de agosto: 13 y 14.
  • 22 de agosto: 15 y 16.
  • 23 de agosto: 17 y 18.
  • 26 de agosto: 19 y 20.
  • 27 de agosto: 21 y 22.
  • 28 de agosto: 23 y 24.
  • 29 de agosto: 25 y 26.

Sanciones por declarar renta fuera de los plazos

Las personas naturales obligadas a declarar renta que la presenten fuera de las fechas establecidas serán objeto de sanciones establecidas por ley:

  • Si presenta su declaración de renta después de su fecha límite, tendrá que pagar una sanción por declarar tarde, conocida como sanción por extemporaneidad. Esta sanción equivale al 5% de su impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual se presente la declaración de renta.
  • La sanción mínima que se pagará en 2024 por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas con la DIAN es de COP$471.000. Es decir que solo por declarar un día tarde, ya tendría que asumir este valor, incluso si su declaración de renta arroja un valor a pagar de cero.
  • Le será enviado un mensaje de advertencia, notificando que cuenta con un mes máximo para realizar el pago correspondiente al monto del impuesto, de no ser cumplido este plazo se le anexara un 10%, Artículo 642 de la ley establecida.
  • De no declarar impuestos sobre la renta en ninguno de los casos anteriores, se le sumará un 20% como sanción con base al valor de sus consignaciones bancarias o bien los ingresos brutos de la persona. Esto se dará en relación al periodo en el que el mismo no declaró impuestos o en relación a los ingresos de la última declaración que ha realizado, Artículo 643 de la ley establecida.

Límites para estar obligado a declarar renta en 2024

Todas las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta 2023:

  • Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2023 sea igual o superior a COP$190.854.000
  • Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a COP$59.377.000
  • Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a COP$59.377.000
  • Que el valor total de las compras y consumos sean iguales o superiores a COP$59.377.000
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a COP$59.377.000