Bogotá — Bloomberg Línea conoció el proyecto de resolución que alista el Ministerio de Comercio y mediante el cual pretende cambiar y definir nuevos parámetros del sello que se le entrega a las empresas que pagan a sus proveedores en plazos menores o iguales a 45 días, tal y como lo estipula la Ley 2024 de 2020.
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Asimismo, se hacen cambios al llamado Ranking de Pago en Plazos Justos, que es un escalafón que clasifica a estas compañías de acuerdo con el menor plazo en el cual realizan los pagos causados como contraprestación en la comercialización de productos y servicios.
La razón de estas modificaciones, según explica la normativa, es establecer un procedimiento simplificado, para facilitar la participación de las organizaciones en las convocatorias de uso del sello y del Ranking; destacando además que la Ley actual eleva los estándares de las firmas y mejora su productividad.
Recordemos que la conocida Ley de Pagos en Plazos Justos fue impulsada en el Congreso de la República por Mauricio Toro, quien en ese entonces era representante a la Cámara. Bloomberg Línea habló con él sobre el balance de esta iniciativa y señaló dos asuntos clave: el primero, “que la Ley ha servido para muchas empresas que la han conocido, yo me reúno constantemente con emprendedores y empresarios y me dicen que les cambió la vida, que les permitió tener punto de equilibrio”.
No obstante, señaló que la gran mayoría de mipymes desconoce esta iniciativa. “Hay una falta gigantesca y está en hacerle más difusión, más visualización, a lo que implica la Ley. El ejercicio de lograr que la conozcan es hoy lo importante, tanto las grandes empresas que en contabilidad y pagaduría no saben de su existencia como las pequeñas y medianas que no lo exigen porque no hay conocimiento”.
A lo que agregó que es un tema que toma tiempo porque no es fácil hacer conocer una Ley en un país con tantas micro y pequeñas firmas.
Estos son los cambios
-EI solicitante que pretenda obtener la autorización de uso del sello, deberá diligenciar la información solicitada en el formulario único en línea de captura de datos y cuya información constituye en sí misma una Declaración de Primera Parte.
-La autorización de uso del sello se materializará a través de la certificación, emitida por la Dirección de Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que se podrá descargar de la página web.
-Cuando lo consideren pertinente, las autoridades podrán adelantar procesos de validación con el fin de realizar una verificación de fondo, que permita establecer que efectivamente el usuario del sello haya realizado el pago de sus obligaciones dentro de los plazos iguales o inferiores a los 45 días calendario.
-El procedimiento para conformar el Ranking consta de las siguientes etapas: publicación de la convocatoria anual por parte de las autoridades con el apoyo y en coordinación con los participantes que considere pertinentes, recepción de las solicitudes de postulación, verificación de requisitos de forma y de fondo para su procedencia, elaboración y publicación del Ranking.
-De acuerdo con los resultados de la verificación y en los términos previstos por las autoridades, se establecerán las empresas que harán parte de los primeros tres lugares del Ranking. El resultado será establecido mediante resolución expedida por el Viceministerio de Desarrollo Empresarial.
-Las tres primeras posiciones del Ranking, de acuerdo al proceso de evaluación, recibirán los siguientes beneficios: se destacarán las historias y aspectos relevantes de dichas empresas, habrá una publicación del Ranking en la página web de Plazos Justos, y la posibilidad de acompañamiento a las empresas de acuerdo con las necesidades de las mismas, la oferta institucional, los requisitos de acceso y la capacidad presupuesta del Mincomercio y sus Patrimonios Autónomos (Bancóldex, iNNpulsa, Colombia Productiva, Fiducoldex, ProColombia y Fontur).
El Gobierno destaca en este proyecto de resolución que uno de los ejes de transformación establecido en las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 es la convergencia regional, lo cual apunta a que se “simplificarán, racionalizarán y digitalizarán trámites, procedimientos administrativos y normas que estén obstaculizando la garantía de derechos, el cumplimiento de las obligaciones y el desarrollo de los mercados”.