Bogotá — Una resolución que revocó el permiso de comercialización en Cundinamarca del Aguardiente Sin Azúcar Amarillo de Manzanares generó una disputa en Colombia y pondría en riesgo unos $73.000 millones en transferencias vía impuestos para el sector de salud y educación en ese departamento.
Con el bloqueo, los inventarios del Aguardiente Amarillo de Manzanares alcanzarían para un mes y medio o incluso menos en los comercios de Cundinamarca. Después de este período, es incierto lo que pueda pasar con la distribución de este producto en medio de las disputas entre la licorera de Caldas y la Gobernación de Cundinamarca que llegarán hasta la justicia.
La Industria Licorera de Caldas (ILC) tuvo que recortar sus proyecciones de vender 5 millones de botellas de Aguardiente Amarillo de Manzanares en Cundinamarca al finalizar 2023 o el equivalente a unos $55.000 millones en ingresos.
En total, ILC espera producir cerca de 8 millones de botellas para abastecer al país este año.
La venta de licores genera importantes rentas para los departamentos en donde estos se consumen, recursos que se destinan a la salud y la educación. En Colombia, las gobernaciones tienen facultades para proteger la industria local, que incluyen la suspensión de los permisos para su ingreso en casos en los que puedan generarse incrementos súbitos e inesperados en la venta de productos similares.
“Son los departamentos, a través de sus Secretarías de Hacienda y Direcciones de Renta, los únicos facultados para otorgar o no los permisos de introducción de los productos que se comercializan en cada uno de estos. Especialmente, en aquellos en los que opera el monopolio. En este sentido, las licoreras no tienen ninguna injerencia en esta toma de decisiones porque es una facultad única y exclusiva del departamento”, precisó a Bloomberg Línea Beatriz Elena Jaramillo, directora ejecutiva de la Cámara de Industrias Asociadas de Bebidas Alcohólicas (Caba).
El caso del Aguardiente Amarillo de Manzanares
El caso del Aguardiente Sin Azúcar Amarillo de Manzanares, producido por ILC, generó especial atención ante la creciente popularidad del producto en el interior del país. La disputa se originó porque el pasado 6 de junio Cundinamarca expidió la Resolución 797, que revoca un permiso otorgado para el ingreso y venta del producto en ese departamento.
“Aquí están revocando el permiso solo a nosotros, cuando ni siquiera somos los líderes en ese mercado. (...) Este es un caso atípico, que nosotros lo hemos visto como injusto”, dijo a Bloomberg Línea el gerente general de la Industria Licorera de Caldas, Andrés Elías Borrero.
Entre los productos emblema de la Empresa de Licores de Cundinamarca destaca el Aguardiente Néctar, que compite con el portafolio de ILC.
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Desde la Industria Licorera de Caldas reclaman que desde mayo del 2017 el departamento de Cundinamarca otorgó un permiso a la ILC por un término de 10 años para ingresar y vender sus productos en dicho territorio.
Señala además que este permiso fue adicionado en diciembre de 2019 para poder vender el producto Aguardiente Sin Azúcar Amarillo de Manzanares 24°.
Cundinamarca ya había ejercido la facultad de protección a su aguardiente local en julio de 2019.
Pero ILC reclama que ya contaba con un permiso previamente otorgado por 10 años, por lo que sus derechos no podrían haber resultado afectados.
Por lo anterior, explica que continúo con la venta de todas las bebidas alcohólicas que actualmente produce.
El gerente general de la Industria Licorera de Caldas manifestó que “solicitaron la autorización, como dice la norma, ante el Departamento de Rentas de Gobernación para adicionar ese producto al portafolio”.
“Ellos nos otorgaron el permiso, por eso empezamos a comercializar. Están diciendo es que nosotros incurrimos en ilegalidades por estar comercializando un producto que no estaba autorizado. Eso es falso. De un momento a otro, cuando el producto tiene gran aceptación, es cuando toman la decisión de revocarnos este permiso”, insistió.
En visión de la Industria Licorera de Caldas, la cancelación del permiso afectó su derecho al debido proceso.
Considera que no se siguió el procedimiento de ley para tal fin, al no haber solicitado el permiso escrito y expreso de la ILC para dicha cancelación.
“Adicionalmente, tampoco se otorgaron los recursos de reposición y de apelación para poder controvertir la decisión, quedando en firme la decisión de revocatoria del permiso”, recalcó.
Las acciones para defender el Aguardiente Amarillo de Manzanares
Por lo anterior, la licorera adelantó que está analizando todas las acciones legales a que haya lugar en contra de dicha decisión.
Andrés Elías Borrero adelantó a Bloomberg Línea que están trabajando en “una acción de nulidad con el restablecimiento del derecho en la resolución que les revocó el permiso”.
“Cuando ellos sacan la resolución de revocatoria han debido cumplir el procedimiento de ley por ser un acto administrativo que otorga derechos de carácter particular. Para revocar el permiso, el departamento debió obtener una autorización escrita de la Industria Licorera de Caldas. Si no obtiene la autorización escrita, ellos mismos deben demandar su propio acto”, anotó.
ILC dijo que ya están adelantando varias acciones para comercializar el Aguardiente Amarillo de Manzanares en otros departamentos e incluso plantean una estrategia de internacionalización del producto, viendo potencial para el mismo en EE.UU., España, Ecuador, Perú o Chile.
Bloomberg Línea se contactó con la Gobernación de Cundinamarca, pero no se manifestó sobre el caso y dijo que lo haría solo cuando salgan acciones legales definitivas.
Jorge Enrique Machuca, gerente de la Empresa Licorera de Cundinamarca, defendió en conversación con medios locales que la medida no fue asumida por la compañía, sino que corresponde a un acto administrativo de la dirección de rentas departamental al incumplir supuestamente la Ley 1816.
Defendió además que sí hay competencia en el mercado local, pero que las empresas deben cumplir con las mismas reglas de juego.
La visión de la industria
La directora ejecutiva de Caba complementó que “tiene que revisarse cuáles son las condiciones jurídicas por las cuales la Gobernación de Cundinamarca revierte ese acto administrativo y lo suspende cuando ya había otorgado un permiso de introducción”.
“También es necesario precisar que el artículo 28 de la Ley 1816, lo que señala es que hay unas protecciones especiales al aguardiente. Se puede hacer suspensión de los permisos de introducción, pero eso tiene que hacer previo”, afirmó.
Beatriz Elena Jaramillo cita además el artículo 12 de la Ley, que establece cuáles son las posibilidades para revocar un permiso de introducción, como por ejemplo que haya unas inconsistencias que encuentre el Ivima con respecto al producto, que no se estén cumpliendo las condiciones iniciales, entre otros.
“Y en esos numerales que están establecidos seguramente están las causales por las cuales la Gobernación toma esta determinación frente al aguardiente amarillo. Pero no es tan fácil entrar a determinar si es una actuación adecuada o ajustada a ley, porque simplemente ellos deben tener unas razones jurídicas, las cuales tendrá que entrar la Licorera de Caldas a desvirtuar si es cierto no y si está cumpliendo con los requisitos de ley”, complementó.
Más allá de este producto, la ejecutiva dice que este caso abre el debate sobre la necesidad que tiene Colombia de revisar el ejercicio del monopolio y ver qué tan conveniente es mantener una serie de restricciones en producción y comercialización “en un mercado global, abierto y con una libre competencia en tantos escenarios, en donde son los consumidores son los que al final demandan cuáles son los productos que quieren consumir”.
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