Fiduciaria de Credicorp Capital a pagar por proyecto inmobiliario quebrado

Fue condenada a pagar a 12 inversionistas del proyecto de la constructora Obrasdé. Hubo irregularidades en el giro de recursos

Fiduciaria de Credicorp Capital a pagar por proyecto inmobiliario quebrado
11 de diciembre, 2024 | 12:00 AM

Bogotá — Credicorp Capital Fiduciaria tendrá que responder por los retrasos del proyecto inmobiliario Obras de Andalucía en el municipio de Caldas en el departamento de Antioquia luego de que la Superfinanciera fallara a favor de los inversionistas.

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La decisión de la Delegatura para Funciones Jurisdiccionales de la Superfinanciera obliga a Credicorp Capital Fiduciaria a responderles a 12 inversionistas con un monto que ronda los COP$1.000 millones.

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Además, ahora será la Fiscalía General de la Nación la que defina si en el incumplimiento de normas también realizó o ayudó a un esquema de captación ilegal de recursos del público.

El proyecto de Vivienda de Interés Social (VIS) Obras de Andalucía estuvo a cargo de la constructora Obrasdé y está tenía a Credicorp Capital Fiduciaria como administrador de los recursos del proyecto.

Sin embargo, en 2023 el diario El Colombiano, reveló la denuncia de uno de los inversionistas del proyecto: Liliana Cifuentes, que aseguró que por solicitud de la constructora giró parte de los recursos a nombre de la empresa Raíces del Sur.

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Por esa razón, en la fiduciaria de Credicorp Capital solo aparecían COP$90 de los más de COP$100 millones que la inversionista entregó para el proyecto ya que la compañía a la que se le giraron los dineros no hacía parte del encargo fiduciario. Esa situación la vivieron al menos, otros 11 inversionistas.

La constructora, hoy en liquidación, no pudo concluir el proyecto, pero tampoco se reintegraron los recursos a los inversionistas, razón por la cual se impuso la demanda contra la fiduciaria encargada de la administración del Patrimonio Fideicomiso FAI Obrasdé Andalucía.

En consecuencia, los demandantes pedían que Credicorp Capital Fiduciaria fuera condenada al reintegro de los dineros entregados junto con el interés bancario corriente calculado desde el pago de la última cuota del valor inicial.

Los demandantes advirtieron que el proyecto se encuentra suspendido desde el año 2021, esto es, más de tres años de inactividad.

Además, criticaron que pese a contarse con un interventor no se conocen

informes de interventoría posteriores al 2021 sin que la fiduciaria realizara alguna labor o gestión que permitiera contar con un interventor que auditara las tareas realizadas por la sociedad constructora, aportando su conocimiento para la adecuada gestión del proyecto inmobiliario.

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Además, le criticaban que no ha desplegado la debida diligencia, tampoco identificó y monitoreó debidamente los riesgos asociados al proyecto y pretendía eximirse de responsabilidad de cara a la transferencia del derecho de dominio y la entrega de las unidades inmobiliarias.

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En la demanda dijeron que tampoco realizó un estudio mínimo respecto del punto de equilibrio del proyecto y, al contrario, de forma expresa el clausulado contractual señala que la fiduciaria no tiene ninguna responsabilidad en relación con la determinación de las condiciones financieras del proyecto ni su incidencia en su viabilidad.

En el fallo de la Superfinanciera se detalla que la constructora en ocasiones era la que recibía los dineros o indicaba en dónde debían consignarse.

“Obrasdé por medio de su asesora, era quien concertaba estos negocios, recibía los dineros por esta vinculación de forma directa pues indicaba el lugar de destino, esto era, a una cuenta que no tienen relación con el patrimonio autónomo”, dice el fallo.

La investigación concluyó que se realizaron 113 órdenes de giro por COP$2.386 millones hacia dicha empresa (Raíces del Sur) sobre conceptos propios del fideicomiso, como pagos de nómina, pago de servicios públicos, internet, préstamo, cargue masivo, sin poderse determinar entonces la relación que se tiene por esta sociedad con el desarrollo del objeto contractual.

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A los investigadores de la Super les llamó la atención si la fiduciaria sabía, y creen que al menos debería saber, de esta sociedad y que fines tuvo con el proyecto, pues de otra forma no se entendería que procediera con estos giros, sin poderse excusar en el hecho de que había interventoría, pues con independencia de tal figura de control, es en cabeza de la fiduciaria sobre quien recae la obligación de establecer la legalización de los recursos y la verificación de su no desviación.

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Conducta que conduce, desde ya sea señalarlo a remitir copias de esta demanda tanto al área de supervisión de esta Superintendencia como a la Fiscalía General de la Nación para que se investiguen estas conductas, al parecer, de captación ilegal de recursos dada la actividad financiera que envuelve este negocio sin perjuicio de las demás que se encuentren y con ello de encontrar mérito procedan a dar paso a las acciones consecuentes y de su competencia.