Fechas declaración de renta 2023 en Agosto: ¿a qué personas naturales les toca?

Deben declarar renta quienes en 2022 hayan registrado un patrimonio igual o superior a $171.018.000 o quienes registren ingresos o consumos por tarjeta de crédito iguales o superiores a $53.206.000

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Bogotá — Este año deberán declarar renta las personas que en 2022 hayan registrado un patrimonio igual o superior a $171.018.000 o quienes registren ingresos o consumos por tarjeta de crédito iguales o superiores a $53.206.000.

De acuerdo con información de la Dian, el plazo para las personas naturales de diligenciar y pagar (en caso de que aplique) la declaración de renta es del 9 de agosto al 19 de octubre de 2023. Para identificar cuál es la fecha exacta en la que debe cumplir con esta obligación, debe saber cuáles son los últimos dos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT):

Fecha de pago AGOSTO / últimos dos dígitos del NIT

09 de agosto: 01-02

10 de agosto: 03-04

11 de agosto: 05-06

12 de agosto: 07-08

16 de agosto: 09-10

17 de agosto: 11-12

18 de agosto: 13-14

Calculadora Declaración de Renta 2023 | Personas naturales

19 de agosto: 15-16

22 de agosto: 17-18

23 de agosto: 19-20

24 de agosto: 21-22

25 de agosto: 23-24

26 de agosto: 25-26

29 de agosto: 27-28

30 de agosto: 29-30

31 de agosto: 31-32

Sanciones

El monto mínimo de multa por incumplir esta obligación o hacerlo erróneamente es de $424.000. Por lo tanto, si se declara renta un día después de su plazo establecido, deberá cancelar este pago.

Si se hace después, la multa aumenta con cada día o mes que pase.

Renta 2023: ¿Cómo declarar activos en el exterior?

La declaración de activos en el exterior incluye desde los saldos en cuentas bancarias, cuentas por cobrar, inversiones temporales, anticipos, préstamos, entre otros.

De acuerdo a la Dian, “la declaración de activos en el exterior fue creada con el propósito de recaudar la información de todos los activos poseídos en el exterior por los residentes contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios”.

Para declarar activos en el exterior, las personas deben presentar el formulario 160 con la información de sus activos.

En este documento deben incluir el valor patrimonial, jurisdicción, naturaleza y tipo.

Puntualmente, según la Dian, aplica para activos en el exterior de cualquier naturaleza cuando el valor patrimonial de estos al 1 de enero de cada año sea superior a 2.000 UVT o $84.824.000 en 2023.

La presentación debe realizarse a través de los Servicios Informáticos Electrónicos, usando el Instrumento de Firma Electrónica (IFE).

Para obtener el IFE, puede solicitarlo por correo al Servicio de PQSR si está fuera del país en este link.

También se puede hacer de forma presencial agendando su cita a través del portal web.

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