Estos son los derechos sindicales que Petro rechaza haber quitado de la reforma laboral

Son 20 los artículos que eliminó la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes de la reforma laboral. Varios de ellos hacían referencia a pactos colectivos y huelgas de los sindicatos. Petro rechazó la decisión:

Estos son los derechos sindicales que Petro rechaza haber quitado de la reforma laboral / Fotógrafo: Luis Echeverria/Bloomberg
14 de junio, 2024 | 09:53 AM

Bogotá — Fueron 20 los artículos que eliminó la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes de la reforma laboral en medio de su primer debate. Muchos de ellos se relacionaban con pactos colectivos y huelgas de los sindicatos.

Ver más: Día cero para la reforma laboral: ¿logrará ser aprobada en su primer debate y avanzar?

Durante su intervención en en el foro ‘Paz, Reconciliación y Derechos Humanos’, que se llevó a cabo en la Universidad Sueca de Defensa, el presidente Gustavo Petro indicó que en Colombia nos preguntamos por qué Suecia tiene esos altos niveles de igualdad, “que suenan estridentes en la prensa colombiana, que ayer mismo el capítulo de negociación colectiva de los trabajadores y los empresarios en Colombia fue excluido de la discusión del Congreso de la República que queríamos tramitar como una ley de reforma laboral”.

A lo que agregó que el Congreso de la República avanza en desigualdad. Petro explicó que al tiempo que estaba reunido con los grandes empresarios suecos (el mandatario sostuvo un encuentro con Marcus Wallenberg, el hombre más rico de Suecia) presenciaba en las redes sociales cómo el Congreso quitaba de la reforma laboral el capítulo de negociación colectiva. “¿Quién tendría razón en ese momento? me preguntaba. ¿Los empresarios suecos o los parlamentarios colombianos de derecha?”.

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Pronunciamiento con el que coincidió Gloria Inés Ramírez, ministra de Trabajo, quien expresó que ve con gran preocupación que dentro de los artículos eliminados de este proyecto, bandera del Ejecutivo, están los que regulan las garantías para el derecho de asociación sindical y de huelga.

En esa línea, manifestó que en Colombia ser sindicalista es muy peligroso y que solo el 4% de los trabajadores pertenece a un sindicato, por lo que aún hay mucha persecución y violencia contra quienes deciden organizarse de forma sindical.

Por lo cual la jefe de la cartera de Trabajo aseguró que haber dejado por fuera estos artículos representa un retroceso para los derechos colectivos de los trabajadores.

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“En Comisión VII logramos hundir la casi totalidad de los artículos que desregulaban las huelgas y fortalecían a los sindicatos por razones políticas. Había artículos, por ejemplo, que se pudieran votar huelgas de manera antidemocrática; se quería además que las huelgas no tuvieran límites temporales y que las huelgas ilegales no tuvieran ninguna consecuencia”, dijo Andrés Forero, representante a la Cámara por Bogotá.

Por su parte, María Fernanda Carrascal, representante a la Cámara, sostuvo que “saben que en las democracias el derecho a la huelga es la madre de todos los derechos. Gracias a la huelga es que en Colombia y en el mundo entero los ciudadanos y ciudadanas han podido conseguir estabilidad laboral, salud universal y educación pública gratuita y de calidad. Gracias a la huelga es que las familias trabajadoras han podido tener movilidad social”.

Entre los artículos aprobados de la reforma están:

7: Debido proceso disciplinario laboral.

24. Contrato de Aprendizaje.

26: Monetización de la cuota de aprendizaje.

27: Definiciones trabajo en plataformas digitales de reparto.

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28: Modalidades de trabajo en plataformas digitales de reparto.

67. Garantías del derecho de Asociación sindical.

69. Procedimiento sumario de protección de los derechos sindicales.