Esta sociedad debe suspender inmediatamente la captación no autorizada de dinero

Se trata de la sociedad Portus Capital S.A., cuyo representante legal es el señor Alexánder Guzmán Restrepo, y quien al ser requerido por la Superfinanciera dio respuesta parcial de lo sucedido

Esta sociedad debe suspender inmediatamente la captación no autorizada de dinero
31 de agosto, 2024 | 01:00 AM

Bogotá — La sociedad Portus Capital S.A., cuyo representante legal es el señor Alexánder Guzmán Restrepo, debe suspender de manera inmediata las actividades que constituyen captación ilegal o recaudo no autorizado de dinero del público.

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La orden la emitió la Superintendencia Financiera, que evidenció publicaciones en redes sociales e información de fuentes abiertas sobre la existencia de un sitio web y cuentas de Facebook e Instagram con piezas gráficas de la mencionada sociedad en las que promociona diversas ofertas de inversión, sin brindar mayores detalles al respecto, así como información aportada por personas que accedieron a tales ofertas.

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“Al ser requerido por este organismo de control, el representante legal de la compañía dio respuesta parcial, afirmando que su modelo de negocio se basaba en inversiones en obras civiles privadas o públicas como contratistas o financiador de éstas”, puntualizó esta Superintendencia.

No obstante, durante la inspección realizada, esta autoridad evidenció que Portus Capital S.A. suscribió al menos 47 contratos de “causación, adquisición y dividendos accionarios” y otros de “adquisición de acciones propias”, con los que adquirió obligaciones con 38 personas para devolverles $2.456 millones por concepto de capital y rentabilidades descritas en el último contrato.

Por otro lado y mediante este esquema, el capital entregado a la sociedad sería devuelto a los 13 meses con el compromiso de reconocer una rentabilidad mensual de entre el 10% y el 17% sobre la suma inicial, sin que se demostrara la realización de actividades económicas por parte de Portus Capital S.A. que permitieran conocer el origen de recursos para el pago prometido a los inversionistas.

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Sobre este caso, la Superfinanciera remitió copia de la resolución y del expediente respectivo a la Superintendencia de Sociedades y a la Fiscalía General de la Nación para que adelanten las actuaciones que correspondan de acuerdo con sus competencias.

Sociedad Grupo Bicentenario reconocido como holding

En otra decisión, la Superfinanciera identificó como holding financiero del Conglomerado Financiero Grupo Bicentenario, a la sociedad Grupo Bicentenario S.A.S.

Dentro de los criterios analizados, según indicó esta autoridad, están la participación en más del 50% del capital de las entidades que hacen parte del grupo, así como los niveles de interconexión que existen entre ellas, tanto en términos de los negocios como de sus riesgos.

Con esta identificación, son un total de 14 conglomerados financieros sujetos a la vigilancia de la
Superfinanciera.

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Al corte de junio 2024, los activos del Conglomerado Financiero Grupo Bicentenario ascienden a COP$183,4 billones, convirtiéndose en el cuarto conglomerado financiero por nivel de activos, con una participación en el sistema financiero del 7%.

Esta Superintendencia recordó que la Ley de Conglomerados Financieros la dotó con las facultades necesarias para velar por “un nivel adecuado de capital para que sea consistente con los riesgos asumidos por un conglomerado financiero y las entidades que lo conforman, para promover una adecuada gestión de riesgos, para gestionar las exposiciones con vinculados, operaciones intragrupo y los conflictos de interés y para mantener apropiados estándares de gobierno corporativo”.

Conglomerado Financiero Grupo Bicentenario

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Holding Financiero: Grupo Bicentenario, S.A.S.

1. Las filiales nacionales:

• Banco Agrario de Colombia, S.A.

• Fondo Nacional de Garantías, S.A. – FNG

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• Banco de Comercio Exterior de Colombia, S.A. – Bancóldex

• Financiera de Desarrollo Territorial, S.A. – Findeter

• Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario – Finagro

• Positiva Compañía de Seguros, S.A.

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• La Previsora, S.A. Compañía de Seguros

• Fondo Nacional del Ahorro, S.A. – FNA

• Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial, S.A. – ENTerritorio

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2. Las subsidiarias nacionales

• Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior, S.A. Fiducoldex

• Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario, S.A. – Fiduagraria

• Fiduciaria La Previsora, S.A. – Fiduprevisora, S.A.

3. Para efectos de la supervisión comprensiva y consolidada de la Superfinanciera

• Financiera de Desarrollo Nacional, S.A.