Empresas en Colombia también sentirán cambios por la reforma pensional de Petro

Expertos aseguran que no solamente las personas naturales a las que aplicará el nuevo régimen pensional experimentarán los cambios, sino que para el sector productivo también hay implicaciones

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28 de junio, 2024 | 12:00 AM

Bogotá — La reforma pensional ya fue aprobada por el Congreso de Colombia y solamente hace falta la sanción como ley por parte del presidente Gustavo Petro. Es por eso que tanto las personas naturales como las empresas, comienzan a hacer las cuentas de cómo les afectará lo aprobado por el poder legislativo.

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Aún falta por resolver la legalidad con que se aprobó la reforma, pero para ello será necesario que sea revisada por la Corte Constitucional una vez el Presidente la sancione como ley.

Hay que tener presente que en el Congreso se generó polémica por la insuficiencia del debate con que se aprobó la reforma, y se espera que algunos de los opositores al proyecto demanden la ley una vez Petro la firme.

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¿Cómo afecta a las empresas?

Si bien el tema pensional afecta, principalmente, a las personas naturales, hay elementos incluidos en el texto aprobado por el Congreso que suponen retos, administrativos casi todos, para el sector productivo.

El experto en derecho laboral, Rafael Guerrero Villate, asociado de Posse Herrera Ruiz, explicó que la reforma pensional trae algunos cambios importantes que deben tener las empresas en Colombia.

“El primero va a ser el sistema para realizar los aportes, porque vamos a tener dos grupos de trabajadores a la entrada en vigencia de la nueva ley. Uno va a ser los de régimen de transición y otro van a ser los demás trabajadores que harán parte completa del nuevo esquema pensional que se aprobó”.

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Añadió el abogado laboralista que será importante que a través del sistema que establezca el Gobierno se puedan distinguir estos dos grupos de trabajadores.

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“Otra carga adicional importante que trae esta reforma para las empresas es la asunción de los aportes a pensiones por parte de los contratistas”, dice Guerrero, quien añade que “Obviamente no es que la empresa lo vaya a sumar, pero los va a realizar. Y esto implicaría algún mecanismo de compensación que implique mayores cargas administrativas”.

Así mismo, destaca Guerrero que entre los temas positivos para el sector empresarial está que con la reforma se puede resaltar el tema de los aportes a tiempo parcial. “Esto siempre ha sido un tema que se ha discutido y ha estado regulado, pero con esta reforma se busca impulsar que se puedan realizar estos aportes para personas que no trabajen en tiempo completo, no trabajen todo el mes y que por lo menos puedan acceder a las semanas que logren laborar dentro del mes sin que se superen el tema de los aportes pensionales al mes”.

Indicó que se reitera el tema de la facultad que tiene el empleador de finalizar el contrato de trabajo de las personas pensionadas. “Sin embargo, se dejan muchos vacíos que a la fecha se tienen, que igual no es que lo traiga de nuevo la reforma, eso ya existe, pero administrativamente tiene bastantes complejidades aplicar estas justas causas”.

Concluye que la reforma trae algunos cambios importantes, desde el punto de vista operativo y administrativo, que seguramente deberán ser reglamentados con posterioridad a la expedición de esta norma.

De otro lado, KPMG asegura que entre las implicaciones que traerá esta reforma para las compañías se prevén algunas disposiciones; como la exposición a mayores cargas administrativas, debido a la facultad para solicitar el reconocimiento de la pensión de vejez en nombre del trabajador o la posibilidad de descontar de los honorarios de sus contratistas el monto de las cotizaciones; la necesidad de ejercer un riguroso control de los aportes a pensión pues, en caso de incumplimiento, el empleador y/o empresa contratante tendría que responder por la totalidad del tributo; o la importancia de reevaluar y adaptarse a las nuevas reglas del fuero de pre-pensionado, considerando que las personas podrían tener diversas posibilidades para obtener una pensión anticipada de vejez.

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“Es indispensable que las empresas tengan conocimiento de los cambios y estén capacitadas para afrontar de la mejor manera la nueva estructura pensional que será aplicada a sus trabajadores. Esta medida no sólo responde a su deber de proporcionar la asistencia adecuada a su personal, sino también la previsión en la atención oportuna de sus obligaciones”, afirmó María Camila Ortiz, gerente de servicios legales de KPMG.

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