Bogotá — En diciembre se paga la Mesada 13 en Colombia, conocida también como la prima navideña de los pensionados. Lo que corresponde a un pago adicional de los jubilados durante este mes.
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Dicho monto es calculado con base en el valor de la pensión mensual y se transfiere de forma automática a mitad de este mes.
El monto es igual a un mes más de pensión y recibir la Mesada 13 el único requisito es estar jubilado. Recordemos que en Colombia los requisitos de edad y semanas cotizadas son: hombres, 62 años y mínimo 1.300 semanas; y mujeres, 57 años y mínimo 1.300 semanas.
No obstante, con la reforma pensional aprobada recientemente las semanas cotizadas serán 1.000 y desde 2025 se irán reduciendo en 25 semanas cada año hasta 2036.
Según información del Ministerio del Trabajo, el pago de la primera se realizará durante los primeros 15 días del mes de diciembre, “cuando el empleado público o trabajador oficial no hubiere servido durante todo el año civil, tendrá derecho a la mencionada prima de Navidad en proporción al tiempo laborado”.
Asimismo, las personas pensionadas desde el pasado 25 de julio del 2005 recibirán una transferencia anual y será pagada a mitad del mes de diciembre.
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“Los pensionados por vejez o jubilación, invalidez y sustitución o sobrevivencia continuarán recibiendo cada año, junto con la mesada del mes de noviembre, en la primera quincena del mes de diciembre, el valor correspondiente a una mensualidad adicional a su pensión”, refiere la ley colombiana.
Los beneficiarios de la Mesada 13 son aquellas personas que están pensionadas por Colpensiones, entidad estatal de seguridad social, bajo el Régimen de Prima Media (RPM), en el que los jubilados reciben su mesada con base en el promedio de sus salarios durante los años de cotización; y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), donde el monto de la pensión y de la mesada adicional es calculado de acuerdo con los ahorros individuales acumulados durante la vida laboral de cada persona.
Con la nueva reforma pensional, y según información de Colpensiones, la Mesada 13 está prevista actualmente en el artículo 50 de la Ley 100 y se mantiene. “En general, no hay alteración, las pensiones no se van a congelar, van a tener los aumentos y ajustes en función del monto que corresponde y que actualmente se viene aplicando, no se va a afectar esa fórmula de actualización e incremento de las mesadas pensionales”.