Consejo de Estado ratifica suspensión de decreto Petro para regular servicios

El alto tribunal indica que “las funciones delegadas a las comisiones de regulación (de servicios públicos) llevan implícita la expedición de normas dentro de un marco regulatorio”

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Bogotá — Un nuevo revés sufre el Gobierno Petro.

El Consejo de Estado ratificó su decisión de suspender el decreto mediante el cual el presidente Gustavo Petro pretendía asumir la regulación de los servicios públicos en Colombia.

Lo anterior, respondiendo a un recurso de súplica que presentó el Ejecutivo.

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Para el alto tribunal, de acuerdo con información revelada por El Tiempo, la normativa en mención tendría una “intención normativa de regulación, por cuanto su competencia ya no opera bajo la decisión de reasumir las funciones delegadas, sino que delimita su objetivo de posterior regulación, producto de la asunción de las que denomina son sus competencias, para lo cual fija las pautas y lineamientos que han de aplicarse en la adopción de tal regulación, lo que sin duda, representa desarrollo normativo”.

Asimismo, que “el contenido normativo del decreto permite apreciar la existencia de ciertas restricciones frente a las cuales las comisiones de regulación quedarían vedadas para el ejercicio de las atribuciones que le han sido conferidas legalmente, lo que excede el propósito de la potestad de reasumir las funciones delegadas”.

Por otro lado, el Consejo de Estado sostiene en su decisión que el Ejecutivo debió haber cumplido un requisito antes de la expedición del decreto: “era obligatorio el procedimiento de previa publicación”.

El contenido del Decreto

El Decreto que expidió el Gobierno ponía en manos del Ejecutivo la fijación de las tarifas de venta de electricidad para los usuarios finales regulados; la determinación de las condiciones para la liberación gradual del mercado hacia la libre competencia; la definición de la metodología para el cálculo de las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas, y los cargos por los servicios de despacho y coordinación prestados por los centros regionales de despacho y el centro nacional de despacho.

Asimismo, la aprobación de las tarifas que deban sufragarse por el acceso y uso de las redes eléctricas y la definición de la metodología para el cálculo de las tarifas aplicables a los usuarios regulados del servicio de electricidad, así como de las condiciones que deben reunir los usuarios regulados y no regulados del servicio de electricidad; entre otras.