Así será el manejo tributario de envíos procedentes de San Andrés: acá el decreto

El Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de Comercio, publicó para comentarios el proyecto de decreto con el que estable nuevas reglas tributarias para los envíos procedentes de San Andrés

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Bogotá — Ya está listo el proyecto de decreto que establece nuevas reglas tributarias para los envíos procedentes de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

El Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de Comercio, alista esta normativa debido al impacto que sufrió la economía del Archipiélago, basada en el turismo y en el comercio, por cuenta de la reducción de frecuencias aéreas en los meses de marzo y abril de este año, y como consecuencia de la salida del mercado de dos aerolíneas de bajo costo: Ultra Air y Viva Air.

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Y es que de acuerdo con reportes de la Aeronáutica Civil, ello implicó que en Semana Santa solo existieran 17 vuelos por día (ida y vuelta), frente a los 45 diarios que se registraban en el periodo anterior. Lo cual generó además un impacto negativo de ventas de alrededor del 30% en paquetes turísticos, una reducción en la llegada de viajeros que pasó de 62.000 a 17.000 (comparado con el mismo periodo del año anterior), pérdidas de alrededor de $60.000 millones en turismo y comercio, y una ocupación hotelera que apenas superó el 30% en el periodo de semana santa de 2023.

Pues bien, lo que indica el borrador de la normativa es que “los envíos que lleguen al resto del territorio aduanero nacional por la red oficial de correos o los envíos urgentes que lleguen a través de los intermediarios de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes inscritos ante la Dian, procedentes del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina en cantidades no comerciales, no pagarán tributos aduaneros”.

Lo que se aplicará sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos de importación previstos por otras entidades.

El proyecto de decreto explica que son cantidades no comerciales aquellas mercancías que se introduzcan de manera ocasional y que consistan en artículos propios para el uso o consumo de una persona, su profesión u oficio, en cantidades no superiores 10 unidades de la misma clase, vendidas al mismo comprador en un solo día.

Asimismo, que son envíos no ocasionales aquellos que se hacen por más de una vez dentro del mismo mes, siempre que se trate del mismo proveedor con destino a la misma persona natural o jurídica o sus dependientes, representantes o apoderados, o, al mismo domicilio o lugar de habitación, aún cuando estén amparados en diferentes facturas comerciales o documento equivalente que haga sus veces.

Adicional a eso, el documento, que recibirá las firmas de los ministros de Comercio, Industria y Turismo, y de Hacienda, establece que “el remitente de las mercancías que pretenda acogerse al tratamiento de información, deberá dejar constancia expresa de esta situación”.

También que los comerciantes que de acuerdo con las disposiciones legales vigentes estén obligados a facturar electrónicamente, deberán remitir con el envío de la mercancía, una versión impresa de la factura electrónica.

El ministro de Comercio, Industria y Turismo, Germán Umaña, ha expresado que esta normativa será complementaria a las estrategias de inversión y promoción que se pondrán en marcha de la mano de entidades como Fontur para atraer visitantes a San Andrés; y además, que a través de Banca de las Oportunidades, se proyecta establecer una línea de crédito por $15.000 millones para apoyar la cadena de valor del sector turismo en el Archipiélago.

Este es el proyecto de decreto: