Santiago — La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) decidió la suspensión total de las actividades de STF Capital Corredores y de su inscripción en el Registro de Corredores de Bolsa y Agentes de Valores por un plazo de 120 días tras detectar irregularidades, según un comunicado.
El regulador chileno había suspendido de forma provisional a la corredora en marzo debido a “incumplimientos de las exigencias legales” y normativas que requerían el envío de estados financieros auditados a la CMF y las exigencias referidas a la razón de cobertura patrimonial.
Una revisión constató “graves deficiencias en el sistema de control interno y gestión de riesgos, que no permiten dar fiabilidad de que el intermediario esté dando cumplimiento a las condiciones de patrimonio, liquidez y solvencia necesarias para el desarrollo de su giro”, según la comisión.
¿Qué detectó en la revisión a STF Capital?
Lo que se detectó, en ese primer período de suspensión, fue que los registros internos de la corredora reflejaban la existencia de operaciones a término, en circunstancias que, según antecedentes recabados, correspondían a operaciones de financiamiento o retro compra.
“Esto significó que, además de entregar información incorrecta a la CMF respecto de las operaciones que efectivamente se realizaban, la corredora no reconoció el efecto en las condiciones de patrimonio, liquidez y solvencia, traduciéndose en que reportaba mejores indicadores que lo que correspondía”, dijo el regulador.
También se vieron otras situaciones que afectaron la confiabilidad sobre la información proporcionada a la CMF y al público.
“Estas situaciones constituyen graves violaciones a las obligaciones normativas y legales que rigen la actividad de intermediación de valores y que hicieron indispensable la adopción de medidas para el resguardo del interés público y la protección de inversionistas”, señaló.
¿Qué implica la suspensión de STF Capital?
La corredora no podrá realizar operaciones, sin previa autorización; las que sólo corresponderán a pagos pendientes a la fecha de la resolución y “aquellas necesarias para honrar sus compromisos”.
Asimismo, lo concerniente al traspaso de valores de propiedad de terceros mantenidos en custodia también deberá contar con autorización de la CMF.