¿Es obligatorio votar este 7 de mayo? Esto dice la ley respecto los adultos mayores

En diciembre de 2022 se repuso el voto obligatorio en Chile, por lo que todas las elecciones (salvo las primarias) serán con este tipo de sistema

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El domingo 7 de mayo los chilenos deberán ir a las urnas para elegir a los 50 integrantes del Consejo Constitucional, es decir, del órgano encargado de redactar una propuesta de nueva Constitución. Esta contienda electoral tendrá una particularidad y es que será la primera desde que se repuso el voto obligatorio, en diciembre de 2022.

La inscripción en el registro electoral será automática para todos los chilenos y extranjeros que cumplan con los requisitos para votar; es decir, todos los chilenos mayores de 18 años que no hayan sido condenados a pena aflictiva (tres años y un día o mayor) y los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, que además no hayan sido condenados a pena aflictiva.

¿Los mayores adultos están obligados a votar?

Una de las principales dudas que surgió en la población es si los ancianos también están obligados a ir a emitir su sufragio. Y la respuesta es que sí: todas las personas habilitadas (mayores de 18) deben asistir, independientemente de su edad.

Deberán votar todos quienes sean mayores de edad y se encuentren habilitados para sufragar”, respondió días atrás la cuenta de Twitter del Servicio Electoral de Chile (Servel) a una usuaria que había preguntado específicamente por la situación de los mayores adultos.

Ante la repregunta de la usuaria, respecto de qué sucede si la persona en cuestión tiene dificultades para desplazarse, Servel contestó: “Si no puede asistir a votar por tener problemas de salud, deberá excusarse posteriormente, cuando el Juzgado de Policía Local le envíe una citación para presentar su excusa. En dicha instancia, deberá presentar la documentación médica necesaria para respaldar”.

¿Quiénes pueden excusarse de votar?

Estos son los motivos para excusarse de votar en las próximas elecciones:

  • Por enfermedad.
  • Por ausencia del país.
  • Por encontrarse en un lugar a más de 200 kilómetros del domicilio electoral el día de la elección.
  • Por otro impedimento grave, comprobado ante el juez.

Servel detalla que quienes que no puedan votar, ya sea por enfermedad, estar fuera del país u otras razones, “deberán justificarse ante el juez de policía local competente cuando la persona sea citada”.

“Cabe recordar que quienes no asistan a sufragar este domingo se arriesgan a una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, una sanción que puede ir de $31.537 hasta los $189.222 pesos”, aclara el organismo.

Voto asistido

En cada local de votación Servel también ha dispuesto de facilitadores que podrán apoyar y entregar información a los electores que lo necesiten, especialmente a personas con discapacidad y adultos mayores.

Respecto de estas cuestiones, el organismo comunicó que:

  • Las personas con alguna discapacidad, podrán ser acompañadas hasta la mesa por otra persona que sea mayor de edad, y optar por ser asistidas en el acto de votar. Tanto el nombre de la persona que hace uso del voto asistido como de quien lo asiste debe quedar registrado en el acta de la mesa.
  • En ningún caso una misma persona podrá asistir a más de un elector en la misma mesa receptora de sufragios, salvo que se trate de un pariente.
  • Para facilitar el voto de personas con discapacidad visual, Servel dispone en cada local de votación de plantillas ranuradas que sirven para marcar la preferencia que se desee, sobreponiendo la plantilla a la cédula. Lo mismo con plantillas Braille.
  • El elector con discapacidad puede tardar un tiempo razonable dentro de la cámara secreta. No se restringe dicho tiempo.
  • Sólo en casos de personas con discapacidad que no puedan ingresar a la cámara, la mesa podrá aceptar que sufraguen fuera de ella, pero adoptando todas las medidas para mantener el secreto de su votación.
  • Tratándose de personas con discapacidad que no ejerzan su derecho a votar asistidas, el presidente de la mesa deberá, a requerimiento del elector, asistirlo para doblar y cerrar con el sello adhesivo el voto, labor que realizará fuera de la cámara. De este hecho deberá quedar también constancia en el acta.
  • Además, los electores con discapacidad auditiva cuentan en la web Servel con un Visor en Lengua de Señas, que consiste en una plataforma de videollamadas donde el usuario es atendido por un intérprete en lengua de señas que puede responder a sus consultas electorales, tanto los días previos a la elección, como el mismo día domingo 7 de mayo.
  • Los electores y electoras que lo necesiten podrán acceder a esta plataforma tanto en la web como escaneando el código QR presentes en los afiches que estarán en cada local de votación. Entre este jueves y el domingo, inclusive, tendremos atención en esta plataforma entre las 8 y las 20 horas.