Bono al Trabajo de la Mujer y Subsidio al Empleo Joven: requisitos, montos y fechas

Se trata de dos aportes monetarios de transferencia directa, que buscan mejorar los ingresos a personas pertenecientes al 40% de la población más vulnerable

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El Bono al Trabajo de la Mujer y el Subsidio al Empleo Joven son aportes monetarios de transferencia directa, mediante los cuales el Gobierno de Chile busca “mejorar los ingresos” de las personas trabajadoras, dependientes e independientes “pertenecientes al 40% de la población más vulnerable” y también a sus empleadores.

Y este miércoles, 30 de agosto, el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) dio inicio al proceso de pago anual de ambos.

El monto a recibir por estos instrumentos dependerá de los ingresos percibidos por los o las postulantes, pudiendo alcanzar un máximo de hasta $570.825 de pago anual.

Bono al Trabajo de la Mujer

El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es un beneficio en dinero que entrega el Estado para mejorar los ingresos de las mujeres trabajadoras que tengan entre 25 años y 59 años, 11 meses de edad, que trabajen de manera dependiente o independiente y que pertenezcan al 40% de las familias más vulnerables de la población.

Para postular se necesita cumplir con los requisitos antes mencionados e ingresar a este link: https://sistemas.sence.cl/btm

Ahora bien, para ser beneficiarias, SENCE menciona que se necesita:

  • Pago quienes pidan el pago anual, percibir una renta bruta anual inferior a $7.278.446.
  • Pago quienes pidan el pago mensual, percibir una renta bruta mensual inferior a $606.537.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
  • No ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado para el período de renta procesado.
  • En caso de ser trabajadora independiente, debe emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII).

En caso de ser seleccionadas, las personas pueden optar por dos formas de pago:

  • Pago anual (recomendado por el Gobierno): Por su fórmula de cálculo, no la persona no está sujeta a devolución de dinero. Se realiza una vez al año, de acuerdo a las rentas percibidas el año anterior (enero a diciembre).
  • Pago mensual: : Por su fórmula de cálculo, la persona beneficiaria podría estar sujeta a devolución de dinero. Son anticipos del pago anual. Solo se paga hasta el 75% del beneficio, pero a partir del cuarto año el porcentaje disminuye al 50%. El resto del beneficio se entrega en el pago anual. El primer pago se realiza cuatro meses después de la fecha de postulación. El pago se realiza siempre con tres meses de desfase, por ejemplo, en diciembre se pagará el beneficio de acuerdo a las rentas percibidas en septiembre. Generalmente, se realiza el último día hábil de cada mes.

Se puede postular los 365 días del año, pero es necesario revisar el calendario descripto a continuación, para chequear los plazos de aprobación o rechazo de la solicitud, y el primer mes de pago en caso de postular con modalidad de pago mensual o anual.

Subsidio al Empleo Joven

El Subsidio al Empleo Joven es un beneficio en dinero que otorga el Estado para mejorar el ingreso de jóvenes de 18 a 24 años, 11 meses de edad, que trabajen de manera dependiente o independiente y que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población.

Para postular se necesita cumplir con los requisitos antes mencionados e ingresar a este link: https://sistemas.sence.cl/btm.

Ahora bien, para ser beneficiarios, SENCE menciona que se necesita:

  • Para quienes pidan el pago anual, percibir una renta bruta anual inferior a $7.278.446.
  • Pago quienes soliciten el pago mensual, percibir una renta bruta mensual inferior a $ $606.537.
  • Tener las cotizaciones al día
  • No trabajar en alguna institución del Estado o empresa con aporte estatal superior al 50%
  • En caso de tener 21 años de edad o más, contar con licencia de educación media.
  • No ser beneficiario/a del Ingreso Mínimo Garantizado para el período de renta procesado.
  • En caso de ser trabajador/a independiente, debe emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII).

En caso de ser seleccionadas, las personas pueden optar por dos formas de pago:

  • Pago anual (recomendada por el Gobierno): Por su fórmula de cálculo, no la persona no está sujeta a devolución de dinero. Se realiza una vez al año, de acuerdo a las rentas percibidas el año anterior (enero a diciembre).
  • Pago mensual: percibir una renta bruta mensual inferior a $606.537.

Se puede postular los 365 días del año. Revisar el calendario descrito más abajo para chequear los plazos de aprobación o rechazo de la solicitud, y tu primer mes de pago en caso de postular con modalidad de pago mensual o anual. La aprobación o rechazo de la solicitud puede tardar 90 días.