Buenos Aires — El Banco Central de la República Argentina (BCRA) introdujo este jueves una modificación clave en las normas sobre el efectivo mínimo que los bancos argentinos deben mantener como respaldo de sus depósitos.
A través de la Comunicación “A” 8134, la autoridad monetaria amplió el universo de instrumentos que los bancos pueden utilizar para cumplir con este requerimiento regulatorio. Ahora podrán integrar estos requisitos con cualquier título público denominado en pesos, aumentando la flexibilidad y potencial rentabilidad de estas reservas.
Fuentes oficiales explicaron que la medida busca normalizar el cajón de encajes que antes se llenaba con títulos que no estaban a mercado. Según una fuente consultada, que pidió reserva, el cambio representa un avance hacia un sistema bancario normalizado, aunque señaló que queda camino por recorrer para llegar a estándares internacionales.
Según la fuente, el Gobierno de Javier Milei apunta a ir a un sistema donde los bonos no formen parte de los encajes bancarios, pero hasta que baje la nominalidad de la economía, este fue un primer paso importante.
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Una práctica adaptada al contexto argentino
A diferencia de países como Brasil y Colombia, donde los encajes deben integrarse exclusivamente en efectivo, en Argentina se permite el uso de títulos públicos. La fuente argumentó en ese sentido que todos los países tienen regulaciones diferentes y que las decisiones deben responder a las particularidades de cada sistema financiero. En el caso argentino, en tanto, esta flexibilización ofrece una solución transitoria en un contexto de alta inflación y restricciones de liquidez.
El sistema actual divide los encajes en dos componentes: uno integrado con títulos públicos y otro con efectivo. Según explicaron, el cajón de títulos solo se rollea, y no se amplía con esta medida. Eso implica que no hay un aumento en la cantidad total de de títulos que pueden constituir el requerimiento de efectivo, sino una reconfiguración para permitir bonos que mejor reflejan las condiciones del mercado. En otras palabras, un ajuste técnico que busca mantener el control sobre la liquidez.
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Alivio para los márgenes bancarios
Hasta esta resolución, los bancos solo podían integrar una porción limitada de su efectivo mínimo con bonos específicos como el TG25, TY27 y TB27, cuyos rendimientos están por debajo de las tasas de mercado. Aunque poco atractivos, representaban una opción preferible a mantener pesos inmóviles. La nueva normativa amplía significativamente el abanico de títulos elegibles, otorgando mayor margen para optimizar las carteras y obtener mejores retornos.
Impacto en el mercado y los bancos
La flexibilización podría beneficiar tanto a los bancos como al mercado de deuda pública. Al aumentar la demanda de bonos en pesos, la medida podría sostener los precios de estos instrumentos y aliviar la presión sobre las tasas locales. Por otro lado, los bancos, especialmente los más grandes, tendrán la oportunidad de ajustar sus estrategias de gestión de liquidez, reduciendo costos y mejorando sus márgenes en un contexto desafiante de alta inflación y tasas de interés elevadas.
El alcance de esta medida será observado de cerca, especialmente en cómo afecta la dinámica del mercado de deuda pública y la estabilidad financiera general, en un entorno donde el BCRA busca equilibrar estímulos con prudencia monetaria.
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Límites para la integración
Según lo dispuesto por el BCRA, los bancos podrán integrar la exigencia en pesos –del período y diaria– con bonos en pesos hasta los siguientes límites:
- a) 5 puntos porcentuales de las tasas previstas en los cupos de:
-Inversiones a plazo instrumentadas en certificados nominativos intransferibles en pesos correspondientes a titulares del sector público con derecho a cancelación anticipada en menos de 30 días.
-Depósitos a plazo fijo en pesos de hasta 59 días.
-Depósitos a la vista y a plazo de hasta 59 días. - b) 2 puntos porcentuales de las tasas previstas en los cupos de:
-Depósitos a plazo fijo de hasta 89 días.
-Depósitos a la vista y a plazo de hasta 89 días. - c) 45 puntos porcentuales de la tasa prevista en el cupo por depósitos en pesos en cuentas de los Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen Cuentas de Pago (PSPOCP).
Excepción para bancos grandes y subsidiarias internacionales
Las entidades incluidas en el Grupo A, junto con las sucursales o subsidiarias de Bancos de Importancia Sistémica Global (G-SIB), como el Galicia, Banco Nación, Santander Argentina, BBVA y Macro, tendrán una excepción a esta norma. Estas instituciones podrán integrar títulos públicos hasta 5 puntos porcentuales de las tasas previstas en sus cupos de:
- Depósitos en cuenta corriente y cuentas a la vista abiertas en las cajas de crédito cooperativas.
- Depósitos en caja de ahorro, cuenta sueldo y cuentas especiales (exceptuando haberes previsionales de ANSES pendientes de efectivización).
- Saldos no utilizados de adelantos en cuenta corriente formalizados.