Buenos Aires — La Ley de Alquileres sigue en discusión en el Congreso. Tras la aprobación en Diputados de un proyecto impulsado por Juntos por el Cambio, el Senado avanza hoy en un dictamen que impone cambios, entre ellos una cláusula que explicita que los mismos deben fijarse en moneda nacional.
Esto implica que, en caso de aprobarse, deberá regresar a la Cámara baja para su ratificación o rechazo. Este jueves se discute también el proyecto que modifica el impuesto a las Ganancias y el pliego de la jueza Ana María Figueroa, entre otros asuntos.
A fines de agosto, Diputados aprobó un proyecto de Alquileres que modifica la ley vigente. Ese proyecto impulsaba los siguientes puntos:
- Contrato de dos años.
- Podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a cuatro meses.
- Modelo de actualización acordado entre las partes, pudiendo aplicar a tales efectos el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Indec o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden.
Tras su sanción, el proyecto giró al Senado y en las comisiones se modificó el dictamen, que este jueves se discute en el recinto. Estos son los cambios incorporados en la discusión parlamentaria:
- Contrato de dos años.
- Valor único en moneda nacional.
- Actualización con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses.
- Mecanismo de actualización del precio de los alquileres: se considera el Coeficiente Casa-Propia que publica el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat que se compone del menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período.
“Los contratos de locación, cualquiera sea su destino, están exceptuados de lo dispuesto en los artículos 7º y 10º de la ley 23.928 y sus modificatorias. En los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único, en moneda nacional, y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a seis (6) meses”, dice uno de los artículos del proyecto.
“La legislación actual, de 2020, ya daba a entender que los contratos debían estar en moneda local. Es discutible, yo creo que no puede haber contratos en dólares, no porque esté explícitamente dicho, sino porque un contrato en dólares sería contradictorio con un artículo de la ley. Pero más allá de eso, lo que está buscando esto es dejarlo bien explícito y decir que no puede haber contratos fijados en una moneda que no sea la moneda nacional”, explica Federico González Rouco, economista con pasado en la jefatura de Gabinete durante la gestión de Mauricio Macri y autor del libro “Dueños o Inquilinos”.
Si el proyecto con estos cambios deberá discutirse una vez más en la Cámara de Diputados. El recinto podrá ratificar estos cambios con una mayoría simple o insistir con el dictamen sancionado en Diputados con una mayoría igual o superior a la que impuso cambios en el Senado.