Reforma laboral en Argentina: Todo lo que deben saber empleadores y trabajadores

El Gobierno argumentó que “el profundo cambio generará más oportunidades para el empleo registrado en el sector privado”

Foto: Rawpixel(rawpixel.com)
26 de septiembre, 2024 | 01:09 PM

Buenos Aires — El Gobierno de Javier Milei reglamentó la reforma laboral en Argentina, que estipula un blanqueo de impuestos al trabajo, alternativas de indemnizaciones y extensión de período de pruebas, entre otros puntos.

De acuerdo con lo manifestado en el decreto 847/2024, “el profundo cambio generará más oportunidades para el empleo registrado en el sector privado a través de la flexibilización de una serie de condiciones”.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, aseguró que su gestión buscó “darle libertad a las partes para que pueda cada sector encontrar la mejor solución”.

“Acá, además, digamos todo, hay un tercero en discordia: los costos de la incertidumbre y la industria del juicio. Justamente, al reducir la incidencia de estos costos es que trabajadores y empresarios pueden encontrar un sistema mejor para ambas partes”, consideró.

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Los puntos clave de la reforma laboral

Uno de los principales puntos es el de la condonación de al menos 70 por ciento de la deuda por capital e intereses de los aportes y contribuciones patronales. En el caso de las MIPYMES, llega al 90%.

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Sobre el período de prueba, la Ley lo extiende de tres a seis meses, aunque puede llegar a ocho meses en los casos de empresas de seis a 100 trabajadores y un año para el caso de las empresas que tenga hasta cinco empleados.

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Las empresas, sin embargo, no podrán contratar a un mismo trabajador utilizando el período de prueba en más de una oportunidad. En caso de que se compruebe el uso abusivo del período de prueba, la empresa podría ser sancionada.

El trabajador independiente podrá tener tres colaboradores, ante un régimen especial creado por la ley Bases. Para ello, tendrán que estar anotados en el régimen general de impuestos y recursos de la seguridad social u otro régimen correspondiente.

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Además, todos los empleados en esa modalidad deberán prestar una declaración jurada ante la AFIP.

Cómo serán las indemnizaciones

A su vez, los sindicatos y las empresas van a poder negociar, en el marco del convenio colectivo, un sistema de cese laboral que reemplace a la indemnización actual. Ello se podrá realizar en tres formatos: Sistema de Cancelación Individual, el Sistema de Fondo de Cese individual o colectivo y el Sistema de Seguro.

En el primer caso, que es el del Sistema de cancelación individual, no se precisa la creación de un fondo o cuenta bancaria, dado que se trata de un pago directo del empleador, en un contexto en el que se pueden negociar tanto las modalidades, como los plazos, montos o porcentajes de los pagos.

En tanto, para el Sistema de Fondo de Cese individual o colectivo se deben realizar aportes mensuales que acumulan para el momento en el que llegue el cese laboral. Según la nueva normativa, las partes deberán definir un porcentaje de la remuneración o monto fijo a aportar por parte del empleador.

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También está la alternativa del Sistema de Seguro individual o colectivo se podrá conformar un seguro de cese laboral con las aseguradoras habilitadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).

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