Nueva constitución de Jujuy: qué se aprobó y por qué hay protestas en las calles

El detonante de las protestas, que comenzaron hace varios días, fue la reforma de la Constitución provincial, por la cual juraron esta mañana los diputados de Jujuy

Nueva constitución de Jujuy: qué se aprobó y por qué hay protestas en las calles
20 de junio, 2023 | 04:27 PM

Buenos Aires — A cuatro días del cierre de listas para las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y mientras cobraban fuerza versiones de una fórmula entre Horacio Rodríguez Larreta y Gerardo Morales, el gobernador de Jujuy ha tenido que enfrentarse en las últimas horas a violentas protestas callejeras en la capital de la provincia del norte argentino.

Los graves incidentes son protagonizados este martes por manifestantes y fuerzas de seguridad en la inmediaciones de la Legislatura provincial. El detonante de las protestas, que comenzaron hace varios días, fue la reforma de la Constitución provincial, por la cual juraron esta mañana los diputados de Jujuy.

Por causa de los disturbios, el gobernador Morales accedió a dar marcha atrás con la reformulación de dos artículos de la carta magna provincial (50 y 36). Ambos habían generado resistencia en agrupaciones vinculadas a pueblos originarios.

Los manifestantes lanzaron este martes piedras a la Legislatura e incendiaron y dañaron vehículos estacionados en las inmediaciones del edificio. Además, dieron vuelta vehículos para utilizarlos como barricadas, mientras que un grupo irrumpió en las oficinas de la Legislatura para intentar prenderlas fuego.

PUBLICIDAD

En medio de un tenso clima signado por las elecciones presidenciales de este año, Morales responsabilizó por las protestas al Gobierno nacional.

Los artículos de la Constitución que generaron las protestas

Este lunes, Morales anunció en una rueda de prensa que daría marcha atrás con artículos de la reforma vinculados con la posesión de tierras donde se encuentren recursos naturales valiosos, como el litio. Sin embargo, sostuvo tal cual fue redactado al artículo de la reforma que prohibe los cortes de ruta, otro de los puntos que generó rechazo en sectores kirchneristas y de izquierda.

Sobre este último punto, Morales afirmó este lunes: ““La prohibición de los cortes de ruta es una convicción”.

PUBLICIDAD

Según informó el portal Infobae, el artículo 50 de la reforma sobre los “derechos y garantías de las comunidades de los pueblos originarios”, en la nueva Constitución decía:

“1) Esta Constitución reconoce la preexistencia étnica y cultural de las comunidades originarias y pueblos indígenas de Jujuy y garantiza el respeto a su identidad, espiritualidad, herencia cultural, conocimientos ancestrales y el derecho a una educación bilingüe e intercultural. 2) El Estado es el encargado de reconocer tanto la personería jurídica de las comunidades dentro del territorio provincial como la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan, con el fin de garantizar y reafirmar la integridad territorial de la Provincia en la Nación. 3) El Estado promueve la entrega de otras tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano. 4) Ninguna de las tierras mencionadas en los incisos anteriores serán enajenables, transmisibles, ni susceptibles de gravámenes o embargos. 5) El Estado garantiza el derecho a la participación y consulta previa e informada de las comunidades originarias reconocidas en la Provincia respecto a sus recursos naturales y a los intereses que las afecten de manera directa”.

Este artículo fue dado de baja, y se volvió a dar lugar al texto de la Constitución provincial de 1986: “Artículo 50, ‘protección a los aborígenes’. La Provincia deberá proteger a los aborígenes por medio de una legislación adecuada que conduzca a su integración y progreso económico y social”.

Por otra parte, se dio de baja el artículo 36, que en la nueva Constitución afirmaba:

“Derecho a la propiedad privada. 1) Esta Constitución reconoce el derecho a la propiedad privada. Toda persona puede usar, gozar y disponer de sus bienes. 2) La propiedad es inviolable y ningún habitante puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia firme fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. En caso de juicio, las costas se impondrán siempre al expropiante. 3) Queda abolida la confiscación de bienes. 4) Las leyes procesales de la Provincia deben incorporar mecanismos y vías rápidas y expeditivas que protejan la propiedad privada y restablezcan cualquier alteración en la posesión, uso y goce de los bienes a favor de su titular. 5) Será considerada grave violación al derecho de propiedad la ocupación no consentida por parte de una o varias personas que impida al titular de la propiedad ejercer los derechos que le asisten según esta Constitución y la ley. Una ley especial determinará las condiciones para el desalojo, y para que el o los titulares del derecho afectado estén en condiciones de ejercer de manera inmediata sus derechos, aun cuando los autores de la ocupación no consentida se atribuyan la representación o los derechos del pueblo.

Luego de la marcha atrás, informó Infobae, se retornó al artículo de la Constitución de 1986:

“Derecho a la propiedad privada. 1) Esta Constitución reconoce el derecho a la propiedad privada. Toda persona puede usar, gozar y disponer de sus bienes. El ejercicio de este derecho debe ser regular y no podrá ser efectuado en oposición a la función social o en detrimento de la salud, seguridad, libertad o dignidad humanas. Con esos fines la ley lo limitará con medidas adecuadas conforme a las atribuciones que le competen al Gobierno Provincial. 2) La propiedad es inviolable y ningún habitante puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia firme fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. En caso de juicio, las costas se impondrán siempre al expropiante. 3) Queda abolida la confiscación de bienes”.

PUBLICIDAD

¿Qué dijo Morales?

“Hago responsable al presidente Alberto Fernández y a la vicepresidenta Cristina Kirchner de la extrema violencia que está viviendo la provincia de Jujuy”, afirmó el gobernador este mediodía.

En esa línea, sumó: “Los violentos no nos van a torcer el brazo, a 40 años de democracia repudio y llamo a todos los argentinos a repudiar lo que está haciendo el kirchnerismo y el Frente de Izquierda en Jujuy”.

La vicepresidenta argentina, Cristina Fernández de Kirchner, y el presidente, Alberto Fernández 

La respuesta de Cristina Kirchner y Alberto Fernández

Esta fue la contestación de la vicepresidenta a Morales

“Hágase cargo Gobernador Morales y pare con la locura represiva que su propio accionar ha desatado. Lo que está sucediendo en la Provincia de Jujuy es absoluta responsabilidad suya y usted lo sabe”.

“Pareciera que la represión salvaje está en su ADN. Usted fue un alto funcionario del Gobierno de la primera Alianza que en el año 2001 declaró el Estado de Sitio y fue responsable del asesinato de 38 argentinos. Y por favor Morales no mienta más… que hasta James Cameron se dio cuenta”.

PUBLICIDAD

“Argentina debe respetar estándares de uso de la fuerza provincial durante las protestas en Jujuy”.

La declaración de Alberto Fernández

“Usted es el único responsable de haber llevado a nuestra querida provincia de Jujuy a esta situación límite tratando de imponer una reforma constitucional que no respeta la Constitución Nacional”