Buenos Aires — La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó este jueves que la cotización del denominado dólar “tarjeta” tendrá una modificación y surgirá del precio del dólar oficial más un 30% a cuenta de impuestos a las Ganancias y bienes personales desde el 23 de diciembre próximo, fecha en la que deja de estar en vigencia el impuesto PAIS.
La medida fue oficializada a través de la Resolución 5617/2024 publicada en el Boletín Oficial, la cual dispone, entonces, que los consumos que se realicen a partir del 23 de diciembre tendrán una reducción del 30% sobre el precio final del dólar, que ahora pasará a costar en torno a $1.300.
A su vez, ARCA indicó que se encuentra en proceso de reintegrar las percepciones aplicadas bajo la Resolución General N° 4815/2020 hasta el año 2023 inclusive. Se estima que la totalidad de las devoluciones se completarán en marzo de 2025, según señaló un comunicado de la agencia.
Luego del fin de este impuesto, el país se prepara para un significativo crecimiento en los productos importados por minoristas, que podrán acceder desde la próxima semana a productos internacionales a precios un 30% más baratos.
Qué es el impuesto PAIS
El impuesto PAIS es un tributo que se puso en marcha en 2019, bajo el gobierno de Alberto Fernández, con el objetivo de “estabilizar la economía argentina y fomentar la inclusión social”.
El tributo fue creado por un período de cinco años fiscales y la administración de Javier Milei ya había anticipado que no iba a solicitar su renovación. Este tributo constituyó, desde entonces, una herramienta clave en la política fiscal al convertirse en una pieza fundamental para la recaudación tributaria en Argentina.
El gravamen estableció una alícuota del 30% para operaciones de compras de divisas y pagos con tarjeta en moneda extranjera, con el propósito de desalentar la demanda de dólares y frenar la merma de reservas internacionales.
Se aplicó también para importaciones de bienes y servicios, con alícuotas que llegaron a alcanzar niveles de 25% en el caso de servicios -exceptuando fletes, educación y salud- y del 17,5% en el caso de bienes. Pero desde septiembre el Ejecutivo retrotrajo la última suba y bajó la alícuota en 10 puntos porcentuales para llevarla al 7,5%.
Qué operaciones estarán alcanzadas por el nuevo régimen
- Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (incluidos cheques de viajero) por parte de residentes en el país para: atesoramiento o sin un destino específico e importaciones de ciertas mercaderías.
- Cambio de divisas por entidades financieras para pagos de bienes y/o servicios en el exterior, cuando se efectúa mediante tarjetas de crédito, compra o débito y otros medios de pago equivalentes (incluidos pagos por portales virtuales o compras a distancia).
- Cambio de divisas por entidades financieras para el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país, cuando se efectúa mediante tarjetas de crédito, compra o débito y otros medios de pago.
- Adquisición de servicios internacionales (paquetes turísticos, alojamiento, etc.) contratados a través de agencias de viajes y turismo del país.
- Adquisición de pasajes internacionales de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática.
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