Buenos Aires — La Cámara de Diputados discute desde el mediodía dos proyectos enviados por el Poder Ejecutivo: ley Bases y ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Se prevén más de treinta horas de discusión y pese al apoyo que ha recibido el oficialismo para avanzar con ambas iniciativas, el final es abierto.
El presidente Javier Milei dijo la semana pasada que “tiren la Ley Bases, vamos a lograr todo a pesar de la política”. Sin embargo, para el Gobierno es clave poder avanzar con ambos proyectos, en lo que representaría el primer avance concreto en el Congreso. Si consigue la sanción de Diputados, el debate pasa al Senado para su sanción definitiva.
¿Cómo será la discusión?
El oficialismo alcanzó el quórum con 135 diputados y aprobó luego el plan acordado en Labor Parlamentaria (que define los proyectos a discutir) con 140 apoyos. Dos anticipos de lo que puede ocurrir en la votación en general de los proyectos.
En febrero, la anterior ley Bases consiguió el apoyo de 144 diputados en la votación en general. No obstante, han habido cambios respecto a esa sesión del 2 de febrero. Por caso, el oficialismo sumó y restó bancas y cambió a su jefe de bloque: Gabriel Bornoroni reemplazó a Oscar Zagó. Al bloque lo componen hoy 38 diputados y está ausente la diputada Marcela Pagano. En la primera votación, que terminó fracasando en la discusión artículo por artículo, eran 40 los diputados oficialistas.
Otro cambio es el quiebre en Hacemos Coalición Federal, el bloque que preside Miguel Ángel Pichetto, que pasará de 22 a 17 bancas tras la escisión de la Coalición Cívica.
Los bloques acordaron que durante la discusión se considerarán los dos proyectos (Bases y paquete fiscal) para luego votar por separado. En la votación en particular de cada proyecto se votará por capítulo.
Principales puntos ley de bases
- Emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año.
- Se declaran sujetas a privatización nueve empresas públicas, mientras que en otras dos (Yacimientos Río Turbio y Nucleoeléctrica), el Estado Nacional deberá sostener la participación mayoritaria.
- Reforma laboral: reducción de las multas por trabajo no registrado o mal registrado, extensión de 6 a 8 meses del período de prueba de los trabajadores (plazo varía según tamaño de la empresa), habilitación a que empresarios y sindicalistas acuerden paritarias una nueva indemnización basada en el Fondo de Cese Laboral de la UOCRA y los trabajadores serán considerados empleados directos de aquellos que registren la relación laboral, sin perjuicio de haber sido contratados con vistas a utilizar su prestación o de proporcionarlos a terceras empresas, entre otros puntos.
- RIGI: incentivos fiscales e impositivos para inversiones que iguales o superen los US$200 millones en los sectores agroindustrial, forestal, infraestructura, minería, energía, gas y petróleo y tecnología. Entre otros beneficios, dispone una alícuota del impuesto a las Ganancias del 25% sin escala progresiva; estabilidad del régimen aduanero por treinta años, con exención de derechos de importación y exportación; a partir del tercer año estarán exceptuados a liquidar en el mercado de cambios el total de sus ingresos por exportaciones; arbitraje internacional en controversias entre el Estado Nacional y el inscripto al régimen.
Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes
- Ganancias: se restituye la cuarta categoría de asalariados con un mínimo no imponible de AR$1.800.000 para los solteros y de AR$2.300.000 para casados con dos hijos. Las alícuotas persiguen un esquema progresivo y oscilan entre el 5% y el 35%. Volverían a pagar este tributo 800.000 trabajadores.
- Monotributo: el proyecto propone un tope anual de facturación de AR$68 millones.
- Regularización de activos: se disponen tres etapas temporales, pero en todas las etapas no habrá pago de un impuesto para blanqueos inferiores a US$100.000. Superado el el 30 de noviembre, la alícuota para el excedente a ese monto será del 5%, del 10% superado el 10/01/2025 y del 15% superado el 30/04/2025.
- Bienes personales: la alícuota anual para el período 2023 a 2027 será de 0,45%, lo que implica un 2,25% por el período total a pagar al tipo de cambio oficial. El pago adelantado de Bienes Personales le dará derecho al contribuyente de no presentar declaración jurada hasta el 2028, y estabilidad fiscal hasta el 2038.