Buenos Aires — En los últimos días, Banco Central publicó dos normativas que otorgan beneficios a los importadores que opten por ingresar a las subastas de los bonos Bopreal. Estas comunicaciones de la autoridad monetaria fueron refrendadas hoy con su publicación en el Boletín Oficial.
En la subasta de la semana pasada el Central logró generar algo más de interés en estos bonos (adjudicó US$1.179 millones), lo cual puede ser atribuido a estos cambios normativos hoy oficializados.
“Los cambios adoptados por el BCRA sobre la liquidación contra cable y mayores beneficios para los importadores pueden haber incidido favorablemente en la licitación, junto con el incentivo que brinda una brecha cambiaria en torno al 40%”, señala un informe de Delphos Investment. La consultora destacó que, dado el aumento de la emisión y los cambios normativos, el mercado secundario ganaría profundidad en los próximos días con un precio acorde a la coyuntura.
Comunicación A7941
Este lunes se ofizializó en el Boletín Oficial la Comunicación A7941, publicada el jueves por la autoridad monetaria, dirigida a exportadores que también poseen deuda por importación y establece excepciones para abonar parte de la deuda declarada, pero aún no suscripta en Bopreal, en tanto se realicen compensaciones con cobros de anticipos de exportación.
Así lo explica el Banco Central en su web: “Aquellos que suscriban Bopreal Serie 1 por al menos el 50% de la deuda anterior al 12 de diciembre de 2023, a partir del 1° de febrero podrán acceder al Mercado Libre de Cambios por hasta el 5% de lo suscripto. Adicionalmente, según lo estipulado en la Comunicación A7941, también podrán ir cancelando la parte de la deuda restante con el flujo de divisas de las exportaciones que realicen y cuyas liquidaciones de cobranzas hubiera correspondido ingresar a partir del 1° de marzo de 2025, según los plazos normativos establecidos, hasta un máximo de 10% por mes, de forma tal que en 10 meses puedan cancelarla totalmente. También podrán cancelarla anticipadamente en caso de obtener una cobranza anticipada de las exportaciones que debieran ser ingresadas en igual período (es decir, a razón de 10% por mes a partir de marzo 2025)”.
En el caso en que la suscripción de BOPREAL Serie 1 fuera inferior a 50% pero mayor o igual al 25% de la deuda, los importadores tendrán permitido ir cancelando la parte no suscripta con hasta el 50% del flujo de divisas de las exportaciones que hubiera correspondido ingresar a partir de marzo de 2025, con el mismo esquema que el caso anterior (es decir, igual al caso anterior para participación por más de 50% pero a razón del 50% de los flujos futuros de cobranzas de exportación a partir de marzo 2025).
Al respecto, el bróker Aurum Valores puntualizó en un informe enviado a sus clientes: “El BCRA emitió la Comunicación A7941 donde establece algún grado de mayor acceso a divisas para importadores que suscriban Bopreal, siempre que al mismo tiempo hagan ingreso anticipado de divisas por exportaciones que deberían liquidarse a partir de 1° de marzo de 2025″.
No obstante, Aurum Valores aclaró que los alcanzados acceden solo por un porcentaje bastante acotado de esos ingresos anticipados de exportaciones.
Comunicación A7940
Con la comunicación A7940, publicada el viernes, el Banco Central exceptuó a los suscriptores primarios de la Serie 1 de los Bopreal de la normativa que impide liquidar títulos valores en moneda extranjera en el exterior en cuentas que no sean propias. La medida les permite hacerlo en cuenta de terceros en países que apliquen las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
De esta forma un tenedor de Bopreal que suscribió en licitación primaria puede vender sus títulos contra dólares cable y solicitar al corredor intermediario que deposite los fondos en cuenta de un tercero (podría ser directamente el proveedor del exterior u otro).