Buenos Aires — Javier Milei envió a la Cámara de Diputados este miércoles un ambicioso proyecto de Ley con 664 artículos que propone modificaciones en la mayoría de los sectores económicos de Argentina, como así también en el sistema político y judicial.
En lo referido a las reformas económicas, se incluye un régimen de blanqueo de capitales, cambios en el impuesto de bienes personales, la derogación de una Ley promovida por Martín Guzmán sobre endeudamiento externo y cambios en retenciones, entre otros.
Blanqueo de capitales
La regularización de activos, o blanqueo de capitales, que propone Milei, alcanza a las personas humanas, las sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 53 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, estén o no inscriptas como contribuyentes ante la AFIP. Alcanza a residentes fiscales argentinos pero también a sujetos no residentes por sus bienes ubicados en Argentina.
El plazo para adherir al blanqueo se extenderá hasta el 30 de noviembre de 2024, dividido en tres etapas, en la cual se va incrementando la alícuota del impuesto que se percibe por adherir a la regularización.
En la primera etapa, hasta el 31 de marzo del 2024, se percibe una alícuota del 5% para montos superiores a US$100.000; aumenta al 10% en la segunda etapa, hasta el 30 de junio y al 15% hasta el fin del régimen.
Entre los bienes en Argentina que podrán ser objeto de este régimen, se incluyen los siguientes: moneda nacional o extranjera, inmuebles, acciones, participación en sociedades, títulos valores y otros bienes muebles no incluido en incisos anteriores, entre otros.
Para bienes en el exterior, se consideran: dinero en efectivo o depositado en cuentas bancarias del exterior: su valor en Dólares Estadounidenses e inmuebles ubicados fuera de Argentina.
Endeudamiento
Javier Milei propone derogar una Ley aprobada por el Congreso en 2021 y promovida por el exministro de Economía, Martín Guzmán, por la cual se exigía la aprobación legislativa de todo endeudamiento externo con títulos públicos o acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
En el capítulo IX de operaciones de crédito público, el Ejecutivo propone derogar el artículo primero de la Ley de Fortalecimiento de la Deuda Pública que establece lo siguiente:
- “La Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional de cada ejercicio deberá prever un porcentaje máximo para la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras respecto del monto total de las emisiones de títulos públicos autorizadas para ese ejercicio”.
- “Toda emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras que supere dicho porcentaje requerirá de una ley especial del Honorable Congreso de la Nación que la autorice expresamente”.
Fondo de Garantía de Sustentabilidad
La Ley Ómnibus propone también consolidar en el Estado Nacional las tenencias de títulos de deuda pública de titularidad de las entidades del Sector Público Nacional (comprendido en el artículo 8° de la Ley No. 24.156), y también incluye al Fondo de Garantía de la Sustentabilidad.
El FGS es un fondo administrado por la Anses que invierte en títulos públicos y en acciones de empresas que a fines de enero de 2023 alcanzaba una valuación de más de US$56.434 millones al tipo de cambio oficial, según datos oficiales.
Bienes personales
Uno de los cambios tributarios importantes de este proyecto es lo referido a Bienes Personales. Se crea el Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) y propone un esquema de pago anticipado por los montos que correspondan para los próximos cuatros años (hasta 2027).
Se propone eliminar el diferencial de alícuotas por tener activos en el exterior. Y entre los más importante, la tabla que impulsa Milei para los períodos posteriores al 2023 simplifica progresivamente reduciendo la carga fiscal, hasta llegar a una alícuota del 0,5% para todos los patrimonios alcanzados en 2027.
Retenciones
El proyecto confirma lo anticipado por la Secretaría de Bioeconomía y por el ministro de Economía, respecto a una suba general de retenciones a la exportación, con la excepción de la soja (que continúa en 33%) y distintas economías regionales.
Se fija entonces una alícuota del derecho de exportación del 15% “para todas aquellas mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR que actualmente no estuvieran gravadas con derechos de exportación”, o que “actualmente estuvieran gravadas con una alícuota inferior al 15%”.
Pese a que Caputo había anticipado una suba de retenciones para estos sectores, el Gobierno propone mantener la vigencia de los derechos de exportación actualmente vigentes, para los hidrocarburos y la minería.
Proyecto de Ley by Mariano Espina on Scribd