Buenos Aires — El domingo 13 de agosto los argentinos irán a las urnas para participar de las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) y, de esta forma, seleccionar a quienes serán los candidatos para las elecciones generales que se disputarán el 22 de octubre. Y, al igual que sucede siempre ante los comicios electorales, existen ciertas reglas respecto de lo que se puede hacer y lo que no.
Al igual que cualquier otra elección, las PASO no prohíben la actividad comercial, aunque sí restringen la venta de ciertos productos.
¿Hay supermercados el día de las elecciones PASO?
Tanto los supermercados, como almacenes, comercios de cercanías y los shoppings podrán permanecer abiertos mientras se desarrolla la contienda electoral. El limitante que tendrán los comerciantes es que no podrán vender bebidas alcohólicas desde el sábado anterior a las elecciones hasta tres horas después de terminados los comicios.
Esto quiere decir, en el caso de las PASO, que los supermercados no podrán vender alcohol desde el sábado 12 a las 20:00 hasta el domingo 13 a las 21:00.
¿Qué se puede hacer y qué no los días de elecciones?
Hay algunas cuestiones que el Código Electoral Nacional prohíbe expresamente realizar el día de la elección y hasta tres horas después de finalizados los comicios:
- Reuniones de electoras y electores o depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora de votos.
- Espectáculos, fiestas teatrales, deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
- Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
- Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
- A los electoras y electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
- Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
- Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.